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FINANZAS PERSONALES

Nuevas alternativas de beneficios a personas que no alcanzan a pensionarse

lunes, 14 de diciembre de 2015
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Colprensa

Al programa Beneficios Económicos Periódicos (Beps) podrán acceder las personas con rangos de edad entre 40 y 49 años y de 50 a 64 años que no alcanzan a pensionarse en el tiempo reglamentario, que les permitirá gozar del servicio social complementario de protección para la vejez. 

De 62.957 inscritos que tiene la Agencia Pública de Empleo del Distrito, 22.741 persona podrán acceder al programa Beps que pertenecen a los niveles I, II y III del Sisben. Estas cifras, de acuerdo con la entidad, corresponde a los usuarios registrados hasta el 30 de octubre de 2015, de los cuales sólo se atenderán los que se encuentren dentro de los dos rangos de edades enunciados anteriormente. 

¿DE QUÉ SE TRATA BEPS? 

La administración del programa Beps está en cabeza de Colpensiones y no es considerado como una pensión, es un Servicio Social Complementario de protección para la vejez creado por el Gobierno Nacional, que le permite a los ciudadanos ahorrar de manera flexible el monto que puedan y cuando puedan, recibiendo por parte del Gobierno Nacional un incentivo del 20% adicional sobre el valor de sus aportes. 

De igual forma, el vinculado podrá trasladar los recursos ahorrados en el Sistema General de Pensiones si alguna vez cotizo para obtener la pensión a BEPS y así incrementar el valor de la mesada. 

REQUISITOS PARA ACCEDER AL PROGRAMA 

El vinculado al programa Beps durante su permanencia en el programa no debe retirar sus ahorros hasta cumplir con la edad de pensión definida en el Régimen de Prima Media. (57 años para mujeres - 62 años para hombres), además sus aportes realizados en el año van desde $ 5.000 hasta alcanzar el monto máximo establecido, que para el año 2015 equivale $ 885.000, como tampoco podrán realizar aportes a Beps y al Sistema General de Pensiones en el mismo mes. 

El valor del subsidio periódico que otorga el Estado, es equivalente al veinte por ciento (20%) del aporte realizado por el beneficiario del programa BEPS. Es decir por cada cien pesos ($100) que una persona aporte, le corresponderán $20 adicionales considerados como el subsidio periódico que otorga el Estado. 

Si durante la etapa de ahorro el vinculado fallece sus herederos podrán reclamar sus aportes más los rendimientos que se hayan generado, sin incluir el incentivo del 20%. Si una vez la persona decida destinar sus recursos ahorrados para el pago del ingreso bimestral y esté gozando del beneficio y falleciera, el beneficio no es heredable. 

Los usuarios viabilizados podrán acercarse a la Plaza de los Artesanos del 16 al 28 de diciembre, de 9:00 am a 1:00 pm, donde recibirán la prestación del servicio personalizado a los interesados en acceder a este programa con el ánimo de disminuir los índices de pobreza en la ciudad. 

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