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Conseguir un permiso de trabajo en EE.UU. o la Unión Europea es más fácil si su campo de labor es especializado, domina el lenguaje y es contactado por su próximo empleador
Conseguir un empleo en Estados Unidos o la Unión Europea se ha convertido en el sueño de miles de profesionales que ven en el extranjero una oportunidad de progreso, sin embargo, la duda sobre los trámites que tiene que llevar a cabo un colombiano con el fin de homologar sus estudios y experiencias y lograr un permiso para trabajar es una cuestión permanente en la decisión.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que tanto el país norteamericano como la comunidad europea cuentan con una tarjeta especial de permiso laboral, que, en el caso de la UE, se entrega de acuerdo con las normas de cada país. En ambos casos es clave su nivel de especialización, uno de los factores que ayudará a que el trámite sea favorable.
Para emplearse legalmente en Estados Unidos, los ciudadanos colombianos primero “deben obtener una visa temporal de trabajador no inmigrante o una visa de inmigrante basada en empleo”, según comentó la Embajada de Estados Unidos en Colombia.
El CEO de American Visa Center Asesorías, Miguel Hernández, explicó que este permiso de empleo será más sencillo de conseguir si usted ha contactado con anterioridad a su empleador y aún más si se trata de un empleo en el que usted tenga especialidad y no sea muy competido en el mercado.
Para estos casos se otorga la visa H-1B, para personas altamente cualificadas; sin embargo, hay otros tipos de visado a los que puede apuntar: L1A y L-1B, para extranjeros que hayan trabajado para una empresa matriz estadounidense; J-1m de intercambio con patrocinio estadounidense sea de una empresa, entidad o el Gobierno; visa P, para artistas y deportistas, normalmente temporal; y la visa R, la cual da permisos temporales para trabajos religiosos.
El consulado de Estados Unidos explicó que para visas de inmigrantes basadas en empleo, “generalmente se requiere que el posible empleador o agente del solicitante obtenga una certificación laboral del Departamento de Trabajo”. El empleador presenta una petición de inmigración para trabajador extranjero (Formulario I-140) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis) y tras su aprobación se envía al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado. Una vez que la visa es elegible, se envía a la embajada de EE.UU.
En cuanto a la homologación de títulos, los profesionales interesados en emprender la convalidación en la unión americana, de sus estudios superiores, cursados en el extranjero, “deben recurrir ante entidades y agremiaciones de carácter privado, habida cuenta que el gobierno americano, carece de una oficina que ostente dicha labor”, señaló Edgar Pulido, de Negocios USA en Colombia.
La Unión Europea por su parte exige tarjeta de residencia de larga duración o tarjeta permanente, acompañada de un permiso de trabajo a nivel nacional (tarjeta azul). Esta debe ser solicitada por el empleador tras contacto con el futuro empleado y homologación de títulos.
Entre los requisitos se cuenta un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la UE, en nivel C1, que en este caso puede ser el español. Para Europa los trámites pueden tener un costo y una duración diferente dependiendo del país.
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