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El Presupuesto General de la Nación 2021 será uno de los más sensibles en la historia reciente de Colombia no solo por la incertidumbre en las cifras y proyecciones, sino porque de donde se invierta el dinero y de las fuentes del mismo dependerá la urgente recuperación de nuestra economía.
Por eso, al presidente de la Cámara de Representantes, a la Mesa Directiva y a mis colegas, a quienes respeto, les hago un llamado a la especial atención que debemos tener, apropósito del pronunciamiento de la Corte Constitucional que ha sido enfática en resaltar que debemos hacer todo lo posible para sesionar presencialmente.
Y es que la posibilidad de sesionar virtualmente no atenta contra la Constitución, pero debe ser de carácter excepcional. La Corte menciona explícitamente en una sentencia reciente que, incluso durante la emergencia sanitaria, las sesiones virtuales no pueden convertirse de facto en una regla general, sino que debe propiciarse que, en la medida de lo razonable y gradualmente, pero a la mayor brevedad posible, se retorne a la presencialidad total.
El Alto Tribunal ha sido claro en que la presencialidad es el mecanismo más adecuado para garantizar una democracia participativa que propicie el debate y la libre expresión de todas las corrientes de opinión. Por eso, nos recuerda que para garantizar el equilibrio de los poderes públicos y la labor del legislativo de controlar el fisco, debemos retomar la presencialidad.
Y es que hay leyes de leyes. El presupuesto, que tiene unas reglas especiales, es la razón misma de la existencia original de un Congreso. Cuando nacieron las democracias modernas y la división de los poderes, se estableció que una de las labores centrales de los parlamentos era hacerle control y contrapeso a los gastos de los entonces monarcas hoy ejecutivos.
Pues bien, me permito citar textualmente el pronunciamiento de la Corte al respecto: “aquellas leyes que de acuerdo con la Constitución tienen previsto un procedimiento de aprobación con requisitos específicos como las leyes estatutarias, la Ley de Presupuesto, la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, las leyes aprobatorias de tratados y convenios internacionales, leyes que aprueben amnistías, entre otras, las votaciones de dichas normas deberían ser, en lo posible, presenciales”.
Este presupuesto se da en la mitad de una pandemia y de una severa contracción económica global y tiene los enormes desafíos de fortalecer el sistema de salud y a la vez reactivar la economía. Como ponente del presupuesto me preocupa que se apruebe un proyecto que termine siendo inválido por fallas en su trámite. Es claro que las leyes que se están aprobando están vulnerables a las revisiones constitucionalidad. En el caso del presupuesto es especialmente complejo, porque de no ser expedido de la manera debida por el Congreso, regiría el presupuesto presentado por el Gobierno.
En conclusión, frente a la aprobación del presupuesto la Corte expresa de manera taxativa que se realice de manera presencial, con el matiz “en la medida de lo posible”, que establece una carga probatoria para demostrar que se utilizaron los medios necesarios, pero no se pudo garantizar la presencialidad.
¿Será que ese es el juego del Ejecutivo?¿ Gobernar por decreto? ¿será que el interés es seguir gobernando con medidas que no pasan por el Congreso? Por eso insisto: ¡Ojo al presupuesto!