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Norberto Bobbio fue un hombre de la Ilustración moderna que se guiaba por la razón. Su formación como jurista y filósofo le permitió reflexionar con claridad acerca del individuo en sociedad y examinar las instituciones creadas en la historia para conservar la especie y vivir en paz bajo un orden político y jurídico.
Entre las instituciones materia de estudio estuvo la democracia. La trabajó en forma rigurosa, identificándola con el gobierno de la razón y de las reglas de juego. La consideró como el imperio de las leyes para vivir en paz. Su pensamiento: no existe democracia en la sociedad que no respete las leyes.
En su reflexión, lo primero que tuvo en cuenta fue distinguir que entre la democracia nacida en Grecia y la moderna de los Estados Unidos mediaba una gran diferencia: la griega era directa y la norteamericana, representativa.
En su trabajo presentado en un congreso organizado por Cuadernos del Círculo de Rosselli en Florencia el 12 de diciembre de 1986, titulado “La democracia de los modernos comparada con la de los antiguos (Y con la de los postreros)”, nos dice: “Entre la democracia de los antiguos y la de los modernos efectivamente resaltan dos diferencias, una analítica y otra axiológica. En su uso descriptivo, por democracia los antiguos entendían la democracia moderna; los modernos, la representativa”.
En palabras de Bobbio, no existían dudas de que desde el punto de vista descriptivo, la democracia de la antigüedad era directa, en la que participaba el ciudadano en la plaza para deliberar y adoptar decisiones. En cambio, la democracia moderna es representativa y los ciudadanos seleccionan sus delegados para que gobiernen.
Por tanto, el gobierno de la democracia moderna es un gobierno de un poder limitado por las leyes del Estado de Derecho.
Entre la democracia moderna y el Estado de Derecho existe una relación vital, no es posible una por fuera del otro porque la democracia moderna, insisto, es el gobierno de la razón jurídica expresada en las reglas de juego.
En otro trabajo, “Democracia y Europa”, conferencia dictada en Bogotá en 1987, Bobbio, dijo: “Los procedimientos universales que caracterizan la democracia se pueden fijar en estos puntos esenciales: 1) todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción de raza, religión, condición económica y sexo deben disfrutar de los derechos políticos… 2) El voto de todos los ciudadanos debe tener el mismo peso; 3) todos los que disfrutan de los derechos políticos deben ser libres para poder votar según su propia opinión; 4) deben ser libres también en el sentido de que deben ser puestos en condiciones de elegir entre soluciones diversas, es decir, entre partidos que tengan programas diversos y alternativos...”.
Agrega: “5) tanto para las elecciones como para las decisiones colectivas debe valer la regla de la mayoría numérica en el sentido de que se considere electa o se considere válida la decisión que obtenga el mayor número de votos; 6) Ninguna decisión tomada por mayoría debe limitar los derechos de la minoría, (…) pero no tengo dudas sobre el hecho de que basta la inobservancia de una de estas reglas para que un gobierno no sea democrático, ni verdadera ni aparentemente”.
Por esto, el voto libre es sagrado en un Estado social y democrático de Derecho y el parlamento no puede quedar doblegado ante los poderes.