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El acoso laboral ha sido en Colombia un asunto cotidiano porque hay una cultura laboral vertical y jerárquica, sin diálogo, atravesada en ocasiones por el patriarcado y muchas veces marcada por la ausencia de confianza entre jefes y las personas subordinadas.
Como lo hemos dicho, hay también un incumplimiento sistemático de los derechos humanos en el trabajo y en consecuencia, no hay democracia en el lugar en el que pasamos más de un tercio de nuestra vida. Es más, hay quienes defienden que en el trabajo no debe haber democracia.
Pero también hay acoso porque han crecido los niveles de explotación. En el mundo del trabajo actual sufrimos una especie de bipolaridad entre el bombardeo de mensajes ideológicos que nos repiten que somos plenamente libres de lograr lo que nos propongamos y que si fracasamos es por nuestra incapacidad, esto produce lo que se ha llamado “violencia neuronal”, que es producto de las enormes expectativas que nos generan las redes sociales y el mercado.
Expectativas que se estrellan contra la realidad de los límites del nivel educativo, la desigualdad, los ingresos o el difícil acceso a empleos de calidad. Por eso se convierte en noticia nacional e internacional que nuestros tribunales judiciales digan cosas que parecen obvias como que el descanso es un derecho fundamental y que existe el derecho a desconectarse en un contexto laboral impactado de frente por las tecnologías de la información y de la comunicación.
Las consecuencias de este choque entre la realidad y la ideología son las epidemias de depresión y ansiedad que sufrimos después de autoexplotarnos buscando un éxito que nos exigen, pero no llega. El acoso y la violencia son en buena parte las causas de las patologías que genera el trabajo de comienzos de este siglo, bien definidas en “La Sociedad del Cansancio” del surcoerano Byung-Chul Han.
Un hito para analizar el posible nivel de satisfacción, pero también del cansancio, autoexplotación y acoso que viven algunos servidores públicos serán los resultados de la “Encuesta sobre Ambiente y Desempeño Institucional Nacional - Departamental” que publicará el Dane en 2024. Mientras tanto, algunos medios de comunicación han denunciado casos de posible acoso laboral a servidores públicos en varias instituciones del Estado y constantemente se ha pedido al Ministerio del Trabajo que intervenga.
Y si algunos lo desconocen, aprovecho para explicarlo claramente, porque en principio debo decir que es la Procuraduría General de la Nación la entidad encargada de investigar y sancionar las conductas ilegales asociadas al acoso donde los protagonistas son servidores públicos.
Eso sí, más allá de nuestras competencias, el ministerio debe estar atento a las denuncias e intervenir en los asuntos que la ley le autoriza para el sector privado. Pero también debemos recordar que en las empresas privadas son los jueces laborales, mediante un procedimiento especial previsto en la ley 1010 de 2006 (que a mi juicio debe actualizarse), los facultados para sancionar, con penas, bajas realmente, en comparación a las que se pueden imponer a los servidores públicos.
Y la inspección del trabajo puede investigar y sancionar a empresas privadas por no tener incorporados en el reglamento interno de trabajo los mecanismos preventivos contra el acoso o carecer de comités de convivencia o de baterías de riesgos sicosociales. También podría sancionar por discriminación o por violación de los deberes por parte del empleador, pero como ya dijimos, solo en el sector privado.
El acoso y la violencia en el trabajo son conductas intolerables, trátese del sector público o privado y lo hemos sostenido sin ambages.
El Ministerio del Trabajo ha promovido como autoridad laboral y en el marco de las leyes 1010 de 2006 y 1610 de 2013, el uso de todos los mecanismos preventivos asociados al diálogo social, en los que además deben funcionar los Comités de Convivencia Laboral creados por la resolución 652 de 2012, que tenemos la iniciativa de elevar a rango de decreto, para darles más funciones y garantías logrando que las acciones preventivas del acoso laboral sean más eficaces.
Las personas trabajadoras del sector público, víctimas de posibles casos de acoso, cuentan con más garantías que en el sector privado y pueden ejercerlas. Por ejemplo, la Corte Constitucional (T-886/02) ha considerado que, ante la ausencia de un mecanismo judicial de protección, procede la acción de tutela, una acción rápida en comparación a la especial con la que cuentan los trabajadores del sector privado.
Las sanciones a imponer en caso de acoso a un servidor público son la destitución y la inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos, en comparación a la multa con la que se puede sancionar a los acosadores en el sector privado.
Nuestro despacho ha tramitado todas las quejas y ha hecho todo lo que en derecho le corresponde. Pero además hemos insistido en la necesidad de fortalecer el diálogo social bipartito y tripartito como expresión de democracia en el lugar de trabajo y mecanismo para conjurar diferencias y trazar rutas de tratamiento y solución.
Un avance clave, especialmente para las mujeres, es el acuerdo que logró la señora ministra Gloria Inés Ramírez en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales para que se inicie en el Congreso el trámite de ratificación del convenio 190 de la OIT, ampliar la protección contra el acoso y darle más herramientas a la inspección laboral para sancionarla y combatirla.
También debemos tener claro que no toda denuncia termina en sanción y que la persona acusada tiene derecho a la presunción de inocencia y al debido proceso. Y que el propio legislador de 2006 incluyó sanciones al quejoso que actúe con temeridad.
Pero no dudo que la mejor protección contra el acoso laboral y contra la explotación en el trabajo es la cooperación, es la acción colectiva de trabajadores y trabajadoras asociados en sindicatos, que, gracias a la negociación colectiva y a la presencia constante de la organización en los lugares de trabajo, gracias a lo que los laboralistas llamamos “autotutela de derechos”, se logra construir ambientes laborales seguros y democráticos con vigencia de derechos. La cura es la organización.
En Suecia, país de moda en estos días por la huelga de solidaridad para obligar a Elon Musk a firmar un convenio colectivo para sus trabajadores, el salario mínimo no lo fija el gobierno, sino cada sector económico vía convenciones colectivas sectoriales.
Ojalá llegáramos a niveles de cultura de la negociación como ese y abandonáramos el camino de la hiperjudicialización de las relaciones laborales. Sería un avance sustancial en la construcción de la paz, como lo sugirió esta semana el profesor Beethoven Herrera Valencia en una magistral exposición en el seno de la Comisión de Concertación que discute el salario mínimo para 2024.
Nadie puede negar (ni la oposición) que desde agosto de 2022 el gobierno ha logrado abrir una deliberación pública sobre el trabajo, su calidad, sus derechos inherentes y el desarrollo de la Constitución. Y eso también ha hecho que muchos a los que nunca les interesaron los asuntos laborales, hoy abanderan estas causas y ahora sí, cuentan con el interés de los grandes medios.
Esto, sin duda, es positivo y es una buena oportunidad para hacer pedagogía, por eso hemos pedido a la Procuraduría General de la Nación, al Departamento Administrativo de la Función Pública y a la Presidencia de la República realizar jornadas de formación dirigida a quienes se encargan de administrar el talento humano del estado a todos los niveles para que mejore el clima laboral y con ello la productividad del servicio que prestamos.
Esperamos que este tema se mantenga en la agenda pública y política a propósito del inicio de los debates de la reforma laboral y no sea solo un asunto baladí para alimentar el morbo mediático de algunos, sobre todo en redes sociales que, como dijo el escritor Mario Mendoza “se convirtieron en un movimiento parapolicial de justicia privada... en un movimiento medieval de inquisidores en busca de carne para chamuscar”.