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La semana pasada se llevó a cabo el IV Congreso de Arbitraje Nacional e Internacional. Dentro de los temas que fueron objeto de debate en los diferentes paneles surgió uno que se destacó por el interés que puede generar en la comunidad del arbitraje. Se trata del proyecto de ley que pretende presentar la senadora Esperanza Andrade cuyo propósito es crear o instituir en Colombia la posibilidad de ejecución de obligaciones en el trámite arbitral.
Para quienes no conocen qué es un proceso ejecutivo, este es el mecanismo previsto en nuestro ordenamiento jurídico para lograr judicialmente el cumplimiento de una obligación, por lo general de dinero. El proyecto de ley tiene una noble intención, pero con poca técnica y rigurosidad. Uno de los errores es creer ingenuamente -como lo establece el objeto del proyecto- que la creación del pacto arbitral ejecutivo resuelve la congestión judicial y que, producto de esto, el ahorro que tiene el Estado se podrá invertir en la modernización de la justicia.
Por otro lado, a mi juicio este proyecto tiene muchos problemas desde su concepción, muchos de ellos de fondo jurídico, que no pretendo exponer acá, pero que van en contravía de la esencia del arbitraje, que consiste en la resolución de controversias, es decir, desacuerdos entre dos partes que buscan que un tercero defina quién tiene la razón. El proceso ejecutivo, por el contrario, lo que busca es lograr que una obligación que es clara, expresa y exigible sea cobrada forzosamente, lo que cierra la puerta en la cara a que siquiera estemos hablando de esto.
A pesar de un argumento de peso como el anterior, el fondo que dice tener el proyecto es la descongestión de la justicia, que si se lograra mejoraría nuestros índices de competitividad en la resolución de controversias y así seríamos mucho más atractivos a la inversión extranjera. Todo esto es cierto en lo hipotético, pero este proyecto de ley no es la solución al problema de la congestión a la justicia: es como querer llegar a Miami por Tunja.
Si bien en la exposición de motivos se traen unas estadísticas sobre los números de procesos ejecutivos en el país, olvida la senadora desagregar esos datos, donde seguramente encontraría que allí inciden dos factores: el primero, que un porcentaje importante de ejecuciones en el país son de obligaciones de menor cuantía, lo que implica que, por lo menos, una de las partes no tiene recursos para pagar honorarios de árbitros a fin de que le cumplan una obligación; el segundo, que uno de los mayores usuarios del sistema judicial para ejecutivos es el sistema financiero, que de seguro no pactará ir a arbitraje con su deudor, pues le significaría mayores costos, lo que haría inoperante el efecto de la ley.
Durante años hemos partido de la premisa de que el acceso a la administración de justicia es gratuito. Siento abrirles los ojos, pero no lo es. ¿Acaso el salario de un juez es pro bono? El costo de administrar justicia es altísimo y lo que estamos es manteniendo la casa de cobro del sistema financiero. Lo que debiera pensarse -no porque sea la solución de fondo, pero sí el medio- es revivir la esencia del arancel judicial (un pago por acceder a los jueces), pero solo para el sistema financiero, lo que produciría el efecto disuasivo de dejar de llevar todo a los juzgados, para que así, con los recursos generados de esta forma, sí se modernice la justicia con miras a la digitalización del proceso ejecutivo, que ayudaría a descongestionarla.