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Analistas 23/07/2019

Ley 1969

Guillermo Trujillo Estrada
Analista cafetero
Guillermo Trujillo

Fue sancionada la ley por medio de la cual se crea el Fondo de Estabilización de Precios del Café.

Definitivamente es increíble que solo con el animo de cumplir una promesa electoral, absolutamente populista, el congreso apruebe una ley, con todo lo que implica en tiempo y debates, para crear un instrumento, igual al que existe desde 1940, que también lo administrará la Federación Nacional de Cafeteros, pero con todas funciones que puede cumplir el Fondo Nacional del café.

La diferencia es que ahora la fuente primordial de ingresos será el Presupuesto General de la Nación. Para este efecto no había necesidad de crear un fondo, solo es necesario girar un cheque, para el Fondo Nacional del Café entregar subsidios a los cafeteros, como se hizo desde el AGC, Ayuda Gubernamental a los Cafeteros, en el gobierno de Andrés Pastrana; de la misma manera se entrego el PIC, protección al ingreso cafetero, en el gobierno de Juan Manuel Santos.

Contempla que de la transferencia que reciben los comités de cafeteros por disposición legal, prácticamente la mitad se destine a este nuevo fondo. Por consiguiente lograron que de los dineros que van a las regiones para obras de desarrollo social, se convierta en único aporte fijo, menguando así sus recursos y salvando a la oficina central de transferir presupuesto para esta nueva aventura. Sorprende la pasividad de los miembros de los comités departamentales ante la perdida de casi 50% de su capacidad de invertir en programas sociales.

Otra fuente de financiación serán los aportes del sistema nacional de regalías. Para este caso estaremos expectantes de la reacción de los departamentos y municipios, cuando les pidan sacrificar las obras que se llevan a cabo para toda la comunidad, para beneficiar a un sector que en el departamento con mas preponderancia a duras penas llega a 9% del PIB, como es el caso del Huila.

Para rematar se le otorga facultad al comité de determinar una cesión de estabilización a los cafeteros de parte de su ingreso, que supuestamente debe utilizarse mas adelante para estabilizar el precio. Quisiera ver en este siglo que el comité nacional se ponga de acuerdo para fijarla con el voto de los delegados cafeteros. Esta seria una nueva contribución cafetera, que desde la ley 788 de 2002, la facultad de fijarla solo la tenía el Congreso de la República.

El precio de estabilización serán con base en el interno publicado por la Federación. Adicionalmente, el precio de estabilización será el costo mínimo de producción, establecido por la Federación. Como hemos observado en los últimos tiempos este costo siempre lo defiende el gremio con base en el de los grandes productores que siempre son los más altos, y además argumentan sin sonrojarse que el precio subsidiado debe asegurar una rentabilidad.

De esta manera la ley le otorga al gremio la facultad de girar prácticamente de manera autónoma contra los recursos del tesoro publico, decretando subsidio al precio, denominado estabilización, generando una verdadera afrenta a los demás productores agropecuarios que verán violado el derecho a la igualdad consagrado en la constitución, seguramente con aspiraciones similares.

La única defensa que la ley le otorga al Gobierno es la de no aprobar presupuesto.

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