.
Analistas 11/03/2023

El peso del pasado

Héctor Francisco Torres
Gerente General LHH

Recuerdo con claridad los discursos del candidato Gustavo Petro, que no difieren mucho de los del presidente Gustavo Petro, cuando criticaba con vehemencia las modificaciones introducidas al Código Sustantivo de Trabajo por la ley 789 de 2002. Acabo de leer el “borrador para discusión tripartita” de la reforma laboral recientemente divulgado ─que deja sin efecto varias normas de la citada ley, da marcha atrás en la modernización de la legislación laboral y desconoce la realidad económica del país─ y confieso que además de sentirme embarcado en un viaje al pasado recóndito, me queda la certeza de que, de ser aprobada, podría convertirse en un bumerán para el aumento de la productividad y la generación de empleo de calidad.

Asumir que el contrato de trabajo a perpetuidad es la panacea, no solamente es errado sino miope. Con cuestionable lógica, parece que los autores de esta versión endurecida del decreto 2351 de 1965 creen que haciendo más onerosas las cargas laborales para los empleadores se crean nuevos puestos de trabajo, o que la necesaria formalización del empleo va a aparecer mágicamente como resultado de la inflexibilidad de las normas planteadas.

Desde que Klaus Schwab introdujo el concepto de la cuarta revolución industrial hace siete años, el mundo del trabajo gira en torno a la productividad y a la competitividad de las empresas; no es por otra razón que se han afianzado modelos como la economía gig, el agilismo y la automatización. En contravía con los dos ejes de desarrollo mencionados, el proyecto aumenta de manera desproporcionada los costos laborales, afectando principalmente a las pequeñas y medianas empresas, particularmente en el sector terciario de la economía donde se clasifica el comercio, el turismo y el entretenimiento, que, vaya paradoja, deben reemplazar los ingresos provenientes de la explotación de hidrocarburos.

Veamos el caso de un establecimiento de comercio que abre sus puertas seis días de la semana en dos turnos diarios de ocho horas cada uno y emplea a 10 trabajadores remunerados con el salario mínimo legal. En 2022, el costo laboral de la tienda, excluyendo la dotación, era de $15,2 millones mensuales; con el incremento del salario mínimo a partir de enero de 2023, dicha tarifa aumentó a $17,7 millones mensuales (16,4%) y con la nueva reglamentación subiría a $20,7 millones mensuales (16,9% más). La comparación del gasto de nómina entre 2022 y 2023 post reforma de esta empresa hipotética pero no ficticia, arroja una desproporcionada variación de 36,1%. Para ponerlo en términos más crudos pero comprensibles, en 2023 el negocio tendría que asumir el costo de 14 trabajadores de 2022, pero con la productividad de 10.

Resulta irónico que las normas que darían origen a estos embarnecidos costos laborales estén recopiladas en un capítulo que sus redactores titularon “corrección de normas regresivas de pasadas reformas laborales”.

Y a propósito de corrección, bien vale la pena hacer una revisión minuciosa del texto propuesto que está lleno de errores e imprecisiones, como la definición de “plataforma digital de trabajo” o la invención de la palabra “laboralidad”, entre muchas otras.

Este proyecto, lejos de dinamizar la economía, le amarra un ancla al salvavidas. Ojalá no se les ocurra ejercer la innovación reviviendo la retroactividad de las cesantías.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA