Analistas 22/04/2025

Studio Ghibli en ChatGPT: ¿Plagio?

Hernán David Pérez
Asesor en transformación digital y productividad

Desde hace algunos días, las redes sociales están saturadas de imágenes animadas que recrean a muchas personas en un estilo común, caracterizado por: personajes de apariencia simple, pero muy expresivos, con rostros redondos y ojos grandes, con colores suaves y naturales, y atmósferas nostálgicas. Este estilo, tan encantador como emocional, es asociado de inmediato con las animaciones del Studio Ghibli. Para quienes crecieron en los años setenta y ochenta, este estilo es representado en la serie “Heidi, la niña de los Alpes”, desarrollada por Hayao Miyazaki e Isao Takahata en 1974, antes de fundar Studio Ghibli en 1985. Para generaciones más jóvenes, los referentes son las películas del Estudio Ghibli “Mi vecino Totoro” (1988), y “El viaje de Chihiro”, ganadora del premio Oscar a mejor película de animación en 2003.

La masificación de estas imágenes -que hasta hace poco requería la mano de un artista- responde a la posibilidad de generar imágenes al estilo Ghibli con la inteligencia artificial, IA, de ChatGPT, con solo ingresar el prompt “Transforma esta imagen en una ilustración al estilo Studio Ghibli, con colores suaves y detalles encantadores”. Y es aquí donde surge el dilema: ¿Se constituye esto en un plagio, o es parte de lo que se denomina una creación colaborativa con la IA?

Desde el punto de vista legal, el Studio Ghibli tiene propiedad intelectual sobre sus películas, personajes, guiones, música y elementos específicos. Sin embargo, el estilo visual general no es registrable como propiedad exclusiva, ya que se considera una forma de expresión, no una obra concreta. Es decir, sería tan absurdo como pretender que el estilo impresionista, popularizado por Monet, sólo pudiera ser utilizado por él.

Eso no significa que el asunto esté libre de tensiones. Para muchos creadores, resulta molesto -y hasta indignante- que un estilo artístico que tomaron décadas en desarrollar pueda ser replicado en segundos por una IA. Esto deja abierta la discusión sobre si, al menos simbólicamente, hay un aprovechamiento indebido de la reputación y la estética del creador original.

Ahora bien, en el plano legal, la situación dista mucho de estar resuelta. Existen múltiples disputas en curso entre empresas generadoras de contenido y desarrolladores de modelos de lenguaje de gran escala (LLM, por sus siglas en inglés). Entre los casos más relevantes se encuentran la demanda del New York Times contra OpenAI y Microsoft, aún en desarrollo, y el caso de Thomson Reuters contra Ross Intelligence, fallado a favor de Reuters. En este último, el tribunal determinó que no existía uso justo, marcando un precedente importante.

Y es justamente el concepto de “fair use” o uso justo el núcleo de este debate. En EE.UU., se evalúa bajo cuatro criterios:

¿El uso es transformador o simplemente copia la obra?

¿Qué tanta cantidad y qué partes de la obra se utilizan?

¿La obra original es creativa o más bien factual?

¿El nuevo uso afecta negativamente el valor comercial de la obra original?

La discusión está abierta, pero la respuesta dependerá en gran medida de cómo se interpreten los criterios del “uso justo” en un escenario dominado por una IA que desafía los marcos legales tradicionales, y cuya resolución tendrá consecuencias determinantes para el futuro mismo de la IA.