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El decreto 1031 de 2024 que se firmó esta semana, reglamentando la ley 2416 de 2024 aprobada por el congreso, permite un nuevo marco jurídico en el campo de las telecomunicaciones en nuestro país. Antes de este cambio los municipios tenían la potestad de prohibir la instalación de antenas de servicios de telecomunicaciones. Ahora se va a poder desplegar con mayor facilidad la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de telecomunicaciones, principalmente el acceso a internet. La ley declaró la internet de utilidad pública e interés social. El Plan Nacional de Desarrollo estableció que el Ministerio TIC debía reglamentar un procedimiento único para las solicitudes de permisos de instalación de infraestructura .
Se busca promover el proceso de despliegue de redes e infraestructura, especialmente en los municipios donde hoy existen múltiples barreras que provienen de las normas existentes. Los procedimientos administrativos antes permitían que un alcalde tuviera varias excusas para no permitir instalaciones. En los próximos noventa días todos los municipios del país deberán adecuar sus normativas en lo que tiene que ver con el procedimiento único, es decir, se debería estandarizar a nivel nacional el trámite. Obviamente, los municipios tienen sus normas de ordenamiento territorial, cada región tiene diferencias en cuanto a normas de uso del espacio público y ordenamiento urbano. Aunque la Constitución les permite un cierto nivel de autonomía, el concepto de interés público está por encima para poder tener ahora un procedimiento dentro de un trámite homogéneo. La autoría es del Senador Alfredo de Luque del Partido de la U, que para fortuna del sector tuvo por varios años una amplia experiencia dentro del sector de las telecomunicaciones antes de llegar al Congreso.
Todo el trámite debe ir por ventanilla digital. La idea es agilizar con las herramientas electrónicas disponibles para que las solicitudes presentadas por los operadores del servicio se resuelvan de una manera más expedita. Pienso que eso va a permitir un nuevo panorama ya que ley de iniciativa legislativa, busca facilitar que las empresas puedan extender sus redes, sobre todo a nivel rural. Se crea la figura de servidumbre legal, que quiere decir que si un operador no tiene el trámite, ya no debe pedir permiso al dueño de un predio para tender la red sino que será la Comisión de Regulación de Comunicaciones la que va a imponer la servidumbre. Cualquier operador necesita un predio indispensable para el paso de sus redes, puede ir a un juez y solicitar el proceso de imposición de servidumbre que ya está declarada en esta ley.
Al ser de utilidad pública, de interés social, se derrumban varios obstáculos para las actividades de mantenimiento, despliegue y operación de redes. Se obliga a las autoridades nacionales y municipales a promover que los operadores usen los bienes y edificios públicos para instalar infraestructura. Al eliminar el trámite vía permisos individuales de cada predio, los tiempos de instalación se reducen a unos mucho más razonables. Recordemos que según los estudios de la Ocde, Colombia es puesto 38 en cobertura de internet, con menos de 65% de la población teniendo acceso. Esa brecha se debe reducir rápidamente.