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Analistas 13/04/2017

Tribunal en Alta Definición

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El Tribunal Superior de Bogotá terminó de dirimir un conflicto que se venía presentando en la industria de las telecomunicaciones y la televisión colombiana surgido antes del Mundial de Brasil 2014. Fueron cerca de 3 años en una discusión que al final terminó como empezó, ya que los avances que se lograron fueron muy pocos. Al final del partido, las señales de alta definición de la televisión abierta se seguirán viendo en los diferentes cableoperadores de manera gratuita, de hecho, en cualquier tecnología, mientras no se cambie la ley o la regulación. Los cableoperadores están cubiertos por la teoría de “must carry” tal como se explicó en esta misma columna (Ver columna) en ese momento cuando invocamos el caso de Canal Capital y el operador DirecTV Colombia (ver must ). La ley de 680 de 2011, tal como lo cita el Tribunal en su fallo (ver fallo), dice explícitamente que la señal no debe tener costo, independiente de la tecnología, ya que son canales de interés nacional por la connotación noticiosa y de impacto que tienen. Al final la gente debe informarse y, ponerle un valor económico a un canal de esos, podría hacerse, pero habría que rehacer el orden legal y constitucional de nuestra televisión. El Congreso tiene esa tarea pendiente ojalá con un gran debate que el país no ha querido dar.

Lo trascendental del fallo, a mi juicio, no es solamente que se impone una decisión definitiva. El texto manda otro tipo de mensajes que van más allá de la disputa comercial por el precio de un canal de televisión. Es igual de importante que el Tribunal aleja a nuestros escenarios económicos del modelo venezolano de arbitrariedad y censura. El reciente caso de CNN que fue apagado de un día para otro por el gobierno de Nicolás Maduro dejó ver una vez más el efecto nocivo de tomar decisiones en caliente y arbitrarias. Los gobiernos Chávez y Maduro en Venezuela, por intermedio de la autoridad reguladora Conatel, abiertamente y de frente, han decidido cerrar varios canales locales e internacionales, entre ellos medios colombianos como el canal de televisión de suscripción noticiosa NTN24. Recordemos que en este proceso la SIC impuso medidas cautelares, hubo acusaciones de competencia desleal y mucha tinta en el camino. La disputa se desarrolló en el marco de lo ilógico frente a las normas y permisos que normalmente se dan entre canales y operadores en el resto del mundo. Mejor dicho, esa no es la forma de negociar. Esta pelea de tres años se hubiera podido solucionar hablando entre las partes y no forzando cosas que no iban a pasar. Al final el Tribunal terminó revocando las medidas cautelares (Ver pdf) y ordenando lo que los usuarios querían, volver a ver las señales de HD en sus cableoperadores.

 Se debe velar y respetar la institucionalidad, máximo cuando otras tecnologías modernas están irrumpiendo en los servicios y negocios de las empresas tradicionales. Pasaron meses y años y los usuarios de televisión por suscripción se acostumbraron a observar los canales abiertos en definición estándar. Paralelamente, en esos mismos tres años, Netflix comenzó a ganar mercado rápidamente en Colombia, a tal punto que hay varios operadores de telecomunicaciones que se han integrado con sus ofertas. El consumidor de la televisión en cualquier tecnología ha venido evolucionando rápidamente. Las próximas dos generaciones probablemente repartirán su tiempo consumiendo contenidos desde Internet, y cada vez menos en la televisión lineal sin interacción. Los canales deportivos o de noticias probablemente seguirán siendo los que dominen en los servicios por suscripción, ya que las películas y el vídeo pasaron a otras plataformas robustas y diferentes al cable. Tomará mucha más relevancia la conexión de banda ancha y otro tipo de variables que generan valor.  La gran conclusión que quedó de todo el caso es que, una vez más, los únicos que se beneficiaron a lo largo de todo el proceso fueron los abogados externos de canales y operadores que, eso sí, cobraron sus multimillonarios honorarios en HD plus.

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