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La calidad de la educación universitaria está seriamente amenazada con el decreto 0391 del Ministerio de Educación, firmado el primero de abril de 2025, que busca incorporar a la planta de las Instituciones de Educación Superior Estatales u Oficiales, a “los docentes ocasionales, catedráticos y otras denominaciones temporales, así como del personal administrativo vinculado como provisional temporal o mediante contratos de prestación de servicios”.
Con toda razón, el decreto ha sido criticado por el profesor Wasserman. En su columna de El Tiempo lo califica de “catastrófico”. Aunque el decreto afirma que la formalización de los docentes se hará con “criterios meritocráticos”, es evidente la preferencia por la lógica sindical y gremialista. En el parágrafo 1 del artículo 2.5.4.5.4 se dice: “Las Instituciones de Educación Superior Estatales u Oficiales garantizarán la participación de las organizaciones sindicales que cuenten con afiliados sindicales en la respectiva Institución, en el proceso de elaboración y ejecución de los planes de formalización laboral”. Las conversaciones para modular el decreto se han realizado con Aspu, Sintraunicol y Utradec, y no con los grupos científicos, ni con los consejos académicos de las universidades.
Los sindicatos de las universidades públicas han puesto en primer lugar intereses gremiales de corto plazo. No se han preocupado por el mejoramiento de la calidad, ni por el fortalecimiento de una carrera docente en donde prime el conocimiento científico. Hay, por lo menos, dos indicadores que ponen en evidencia la prelación que se le ha dado a la lógica gremial. Uno, es la altísima relación administrativo/docente, que fácilmente es mayor que uno. Las universidades públicas se han convertido en pesados aparatos burocráticos. Esta situación nunca ha sido criticada por los sindicatos. Y el otro indicador, es la incapacidad de echar a los profesores malos. Esta permanencia, que es inadecuada e inconveniente, ha sido estimulada por una visión miope de las organizaciones sindicales. La mediocridad ha ido permeando a las universidades públicas.
El decreto considera, de manera equivocada, que el docente temporal ya se ha ganado el derecho a ser profesor de planta. Esta disposición del gobierno va en contra de la autonomía universitaria. Cada institución ha ido definiendo los parámetros de avance en la carrera docente, que no se pueden romper por un decreto ministerial.
El decreto, además, es compatible con el discurso de la llamada constituyente universitaria, y de propuestas como la elección directa del rector, aplicando una regla de decisión por mayoría. El conjunto de estas medidas es un atentado contra la calidad de la universidad pública. Es un desconocimiento de los elementos meritocráticos que determinan la carrera docente. La constituyente universitaria introduce en el espacio académico la lógica que rige la participación en el mundo de la política. El derecho al voto entre los ciudadanos iguales de la República, no se aplica al campus de la universidad, en el que los mejores tienen un tratamiento distinto porque son los que más saben. Las medidas que está tomando el gobierno confluyen en el desconocimiento de las jerarquías asociadas al saber.
La “dignificación” del trabajo no es el argumento para nombrar en la planta a los ocasionales y temporales. Más allá de este criterio gremial, la decisión tiene que estar basada en los postulados de una carrera caracterizada por el mérito.