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Analistas 05/09/2024

Proyecto para destruir empleos

La Ministra del Trabajo, presentó un proyecto de ley que se discute en la Cámara de Representantes. El 166/2023 acumulado con el 192/2023C y el 256/2023C, para modificar normas laborales. De ser aprobado su articulado va a tener el efecto de destruir miles de empleos, la reducción en la producción, situar en la ilegalidad a muchos empleadores y más informalidad. Lo único que no lograra este proyecto es la generación de empleos porque está concebido para destruir puestos de trabajo. En las zonas rurales, por ejemplo, 84,2% de los trabajadores son informales, no porque no se quieran formalizar sino porque sus condiciones económicas no se los permite. El artículo 6 del proyecto en mención propone modificar las condiciones relativas a los contratos a término fijo y, elimina la posibilidad de realizar renovaciones indefinidas, consagra como regla general el contrato a término indefinido, al igual que el aumento de los costos de indemnización por despido.
El artículo 11 consagra una estabilidad laboral reforzada que consiste en que el trabajador no requiere la calificación de pérdida de su capacidad laboral, basta con que se le dificulte el desempeño de sus labores, lo que desconoce normas y sentencias al respecto.
El artículo 18 consagra licencias cuando la mujer está en etapa de menstruación, y para asistir a eventos escolares de los hijos y otras.
El artículo 45, establece responsabilidad solidaria en prestaciones salariales, entre contratistas y subcontratistas y consagra una sanción equivalente a 360 días de salario.
El 49 aumenta la licencia de paternidad, de dos a seis semanas.
El artículo 60 del proyecto, obliga al empleador a consultar con los trabajadores la decisión de automatizar procesos de la empresa.
Para citar ejemplos en que las normas propuestas se vuelven imposibles de cumplir, en la caficultura colombiana predominan los pequeños empleadores productores campesinos: 52,9% tienen menos de una hectárea de café, 37,4% entre una y tres hectáreas, 6,5% entre tres y cinco hectáreas, o sea 90,3% de los caficultores tienen menos de 3 hectáreas. Solo 21% de este 97% de productores de café están afiliados al régimen contributivo en salud; por el lado de las pensiones solo 13,2% de los productores de café cotizan. Sus cosechas son temporales, entonces ¿cómo obligar a estos campesinos a suscribir contratos agropecuarios después de que su recolector de café le trabaje 15 horas semanales y, cuya retribución no podrá ser inferior a un salario mínimo y deberá tener las afiliaciones de protección social y prestacionales, que es lo que estipula el proyecto de ley en referencia? ¿Si a los propios campesinos productores, no les alcanzan sus ingresos para afiliarse con sus familias a salud contributiva y a pensiones, cómo podrían afiliar a sus recolectores? El campesino productor hoy le paga al recolector, $700 por kilo de cereza cosechado, un recolector experto recolecta 100 kilos por día. En otros productos como en la cosecha de aguacate, lo usual es pagar por jornal de trabajo, que aproximadamente está en $45.000 día. ¿Por qué atentar contra un modelo que viene funcionando? Lo lógico es crear condiciones para generar empleos, no para destruirlos.

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