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Contra viento y marea, y después de varios intentos, logramos la aprobación de la Ley de Vapeadores y Cigarrillos Electrónicos o Ley Antitabaco 2.0 (Ley 2354 del 2024), sancionada el pasado mes de mayo por el Presidente de la República. Ahora el nuevo reto que enfrenta la normativa es su pronta regulación para que las nuevas tendencias de consumo de nicotina y otras sustancias no nos sigan ganando terreno en la lucha por la protección de la salud de los colombianos, en especial de los niños, niñas y adolescentes.
Después de zanjar el vacío jurídico que existía en el país frente al uso y la comercialización de Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (Sean), Sistemas Similares Sin Nicotina (Sssn) y los Productos de Tabaco Calentado (PTC), el próximo paso es su implementación. La creciente tendencia entre los más jóvenes, quienes, debido a la falta de regulación, tienen un fácil acceso a estos dispositivos en las plataformas de comercio electrónico y los puntos físicos de venta, es una amenaza para la salud pública.
En Colombia, se han relacionado 59 muertes al vapeo y registrado 245 casos de enfermedades vinculadas al uso de cigarrillos electrónicos, según el estudio ‘Primeros indicios sobre enfermedades asociadas al vapeo en Colombia’, que a su vez destaca a Antioquia (69%) y a Boyacá (27%) como los departamentos con más muertes debido a enfermedades relacionadas con esta práctica. Con la actual ley, tenemos en las manos la respuesta al grave problema de salud pública que está a punto de estallar ante el veloz despliegue de los cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Esta ley establece la implementación de estrategias y campañas educativas sobre los potenciales efectos y riesgos para la salud de estos sistemas y/o productos, las cuales deben ser dirigidas, especialmente, a niños, niñas, adolescentes y jóvenes del país. Adicionalmente, incluye sanciones para evitar su uso en espacios cerrados, la venta de estos productos a menores de edad, así como la regulación de su publicidad y promoción. Busca ponerle freno a las tácticas perversas y los falsos mitos que utiliza la industria para manipular a los menores frente al uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Entre los aspectos claves y urgentes a reglamentar de la Ley 2354 se encuentran: la prohibición de la venta a menores de 18 años, incluyendo ventas por internet, ventas a través de máquinas expendedora, con sanciones económicas y posibles clausuras a los establecimientos que infrinjan la norma; restricciones en la publicidad e inclusión de advertencias sobre los riesgos para la salud; etiquetado claro e informativo acerca de los componentes y advertencias sobre riesgos del producto; espacios libres de humo para la protección de los no fumadores; e inspección y control de la comercialización.
Por el fuerte impacto que está causando, el uso sin control, de los vapeadores en la salud de los niños y jóvenes, urgimos a los Ministerios de Salud, Comercio y Educación a implementar las campañas educativas y acciones de vigilancia y control que exige la ley para su cumplimiento. Esperamos que el ejecutivo se ponga manos a la obra en la aplicación de esta normativa, que tanto necesita el país.