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Tribuna Parlamentaria 01/07/2023

Respaldo a la Ley Antitabaco 2.0

José David Name Cardozo
Senador de la República

Desde hace más de cuatro años venimos insistiendo en el Congreso de la República, acerca de la urgencia de actualizar la Ley Antitabaco (1335 de 2009), para sintonizarla con las nuevas necesidades instituidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) frente al uso y la distribución de los cigarrillos electrónicos y vapeadores. Proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes del tabaquismo es un tema que no da espera en el país. Esta semana recibimos, por parte del Instituto Nacional de Cancerología (ESE), entidad que hace parte del Ministerio de Salud y Protección Social, un concepto favorable que respalda y acoge nuestro Proyecto de

Ley Antitabaco 2.0 (325 de 2022 C y 001 de 2022 S), con el que buscamos la reglamentación del consumo, venta, publicidad y promoción de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (Sean), Sistemas Similares Sin Nicotina (Sssn) y los Productos de Tabaco Calentado (PTC).

En su sustentación, el ESE reconoce las implicaciones graves a la salud que supone el consumo de los cigarrillos electrónicos y los vapeadores, así como también, que existen resultados de investigaciones que confirman que el uso de estos dispositivos, aumenta las probabilidades de que jóvenes se conviertan en fumadores, exponiéndose a los efectos perjudiciales del tabaquismo. Adicionalmente, manifiesta que la iniciativa legislativa se encuentra acorde a los parámetros de la OMS que aluden la necesidad de regular estos productos y que sugieren incluir en la regulación actual de los Estados Parte, los dispositivos emergentes.

El principal objeto de nuestro Proyecto de Ley Antitabaco 2.0 es garantizar y proteger los derechos a la salud, especialmente de los menores de 18 años de edad y de la población no fumadora. Buscamos evitar el incremento de enfermedades y adicciones de los más jóvenes, al igual que ponerle freno a los falsos mitos que utiliza la industria para manipularlos frente al uso de los cigarrillos electrónicos y vapeadores. Un propósito que respalda el Instituto cuando asegura que la regulación actúa en conexidad con la protección de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes consagrados en el artículo 44 de la Constitución Política, en donde se establece que los derechos de los niños prevalecen sobre los demás.

Este espaldarazo del Ministerio de Salud a nuestra iniciativa Antitabaco 2.0, llega en un momento crucial para el proyecto, que se encuentra a la espera de debate en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, luego de su aprobación en el Senado. Pedimos a la nueva mesa directiva, una vez se instale el próximo periodo, priorizar la discusión en la agenda legislativa.

Desde el Senado de la República, seguiremos insistiendo las veces que sean necesarias para lograr que estos sistemas de fumado y vapeo estén sujetos a las medidas normativas y reglamentarias aplicadas a todos los demás productos de tabaco. Estamos en mora de entregarle al país una ley que, con nuevas normas y políticas públicas de prevención, proteja a nuestros menores de edad del tabaquismo.

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