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Uno de los aspectos menos comentados sobre la Ley de Financiamiento aprobada a finales del año pasado es la creación del Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal (FEIF) (artículo 102 de la ley 197 Senado / 240 Cámara de 2018). Dicho fondo tiene por objeto buscar la estabilización de los ingresos fiscales de la nación mediante la gestión de contratos de aseguramiento y/o cubrimiento de los ingresos provenientes de la actividad petrolera.
La creación del FEIF le permitirá al Ministerio de Hacienda realizar coberturas frente a las fluctuaciones del precio del petróleo usando, por ejemplo, opciones “put” donde el gobierno compra el derecho, pero no la obligación, a vender petróleo a futuro a un precio determinado (“strike price”). La posibilidad de realizar este tipo de opciones es una muy buena noticia para el país.
El caso más exitoso en programas de cubrimiento de este tipo es el de México. Este país tiene una alta exposición a las fluctuaciones del precio del petróleo a ser el país número 12 en producción de crudo a nivel mundial y tener una alta dependencia fiscal a dicha actividad: 32% de los ingresos fiscales provienen del petróleo.
El gobierno mexicano ha usado instrumentos de cobertura desde comienzos de los 90s y creó un programa de cubrimiento permanente desde 2001. El momento más exitoso del programa fue cuando en 2014 el gobierno mexicano cubrió mediante opciones put asiáticas (que toman en cuenta el valor promedio del petróleo durante todo un año) la venta de su crudo maya a un precio de $76.4 dólares por barril, $31 dólares por encima del valor promedio observado en 2015 (una ganancia de 0.6% del PIB).
Más allá de que el programa de cubrimiento mexicano ha sido exitoso para amortiguar caída de los precios ex-post (desde 2001 las opciones se han activado durante tres años - 2009, 2015 y 2016), tener este tipo de esquema de cobertura tiene grandes beneficios económicos ex-ante al reducir la incertidumbre fiscal, lo que permite, entre otros, tener una menor prima de endeudamiento en los mercados internacionales. Un trabajo de Ma y Valencia del FMI muestra que en la medida que los precios de las opciones no estén muy alejados del precio de mercado, un programa de coberturas genera importantes ganancias de bienestar y reduce la prima de riesgo de forma permanente en 19 puntos básicos.
La posibilidad de tener coberturas de los ingresos fiscales asociados a la actividad petrolera en nuestro país debe integrarse a la forma como se hace el presupuesto nacional y debe ser tenido en cuenta por el comité consultivo de la Regla Fiscal. Una cobertura de los ingresos fiscales provenientes del petróleo, así sea parcial, ayudará a que el presupuesto nacional tenga menos incertidumbre sobre el precio del petróleo de referencia. Adicionalmente, la Regla Fiscal podría redefinir el componente cíclico de los ingresos petroleros usando como base el precio strike de las opciones de cubrimiento.
Más allá de los desafíos propios a la implementación de un programa de cobertura, uno de los retos principales frente a este tema es que el gobierno explique y divulgue la naturaleza y beneficios de este tipo de esquemas. Las opciones de cubrimiento, como cualquier seguro, tienen un costo que puede ser malinterpretado por personas ajenas al mundo financiero, como un gasto innecesario cuando la opción no se ejecuta.