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Son malas las cifras de insolvencia en 2023. El inventario de procesos ha llegado al escandaloso número de 4.471, con un récord histórico de 1.420 solicitudes anuales. Esto no es resultado del coletazo de la pandemia, sino de la crisis económica generada por el Gobierno.
Los estudios realizados durante la pandemia mostraban una correlación directa entre el futuro crecimiento económico y el número estimado de solicitudes futuras de insolvencia. Un PIB inferior a 1% significaba más solicitudes. Un PIB de entre 1% y 2% mostraba estabilidad y, si el PIB crecía más de 2%, las solicitudes tendían a disminuir.
Pues bien, el número de solicitudes refleja claramente el bajo crecimiento de la economía durante 2023. Podríamos decir que cuando se siembran vientos se cosechan tempestades, a lo que nos tiene acostumbrados el Gobierno con sus discursos y malas políticas públicas.
Sorprende además el aumento de las solicitudes de liquidación, que pasan de 20,6% en 2020 a 28,8% en 2023, lo que significa un mayor deterioro de las empresas que pierden la posibilidad de un salvamento. Por otro lado, de las solicitudes recibidas en 2023, solo se admitieron 43,52%, cuando en 2020 se admitían 54,83%.
Otras cifras que preocupan son los activos en riesgo de las empresas, que pasan de $61 billones en 2020 a $87,8 billones en 2023, lo que significa un aumento de 30%. La buena noticia es que los pasivos crecen en menor proporción que los activos, al pasar de $55,9 billones en 2020 a $78,4 billones en 2023, lo que arroja una mejor posición patrimonial, mejorando del punto más bajo en 2021 de $2,8 billones a $9,4 billones en 2023.
La clave para una reorganización empresarial, además de llegar temprano a ella, antes del deterioro de la caja y de la empresa, es la financiación. Sorprende que no haya un uso adecuado de emisiones de bonos y acciones, privadas o públicas, y que el mecanismo de financiación para la mayoría de las empresas sea el crédito bancario. Convendría retomar los esfuerzos para realizar un verdadero “cambio popular”, democratizando las empresas a través de inversiones de capital de los privados, lo cual debería tener algún incentivo del Estado.
Por otro lado, en la reorganización, la manera de salvar a las empresas, además de los procesos expeditos -para lo cual conviene revivir los mecanismos de los Decretos 560 y 772 y mejorar la gestión judicial-, son los superprivilegios para los proveedores de financiación en la reorganización. Si se protege en exceso a los dueños de las empresas, a los trabajadores, a las deudas fiscales o la Contraloría y sus multas, sobre los recursos frescos, no podremos recuperar a las empresas y el empleo.
Finalmente, el nuevo intento de modificación de la ley de insolvencia debería ser más profundo, no simplemente cosmético y de nombre, y debería estar encaminado a rescatar las empresas viables, con mecanismos idóneos de financiación de capital y deuda, al igual que procurar la pronta liquidación de las inviables, única forma de preservar la empresa y el empleo, en este caso, por la recirculación de los activos y la riqueza.