ANALISTAS 14/02/2025

Impuestos a las iglesias

Lisandro Junco
Socio Junco & Saldarriaga Abogados

En las últimas semanas, las relaciones internacionales se han visto tensionadas en diversas economías debido a las recientes decisiones de Estados Unidos en materia migratoria y de comercio internacional. Por un lado, las repatriaciones masivas de más de 13 millones de indocumentados; por otro, la amenaza de incrementos arancelarios de 25% para México y Canadá, y de 10% para China, generan importantes interrogantes. Primero, ¿Cómo se comportará el crecimiento económico de la economía estadounidense y de aquellas cuyos costos asociados a la comercialización exterior aumentarán? Segundo, ¿Cómo impactará la repatriación de este gran número de migrantes en el ingreso por remesas en la economía colombiana? Sobre este último punto, compartiré mi opinión.

Según las cifras del Banco de la República sobre el ingreso de remesas por país de origen, entre el tercer trimestre de 2014 y 2024, los envíos a Colombia pasaron de US$1.005 millones a US$3.053 millones, lo que representa un crecimiento nominal de 204%. Desagregando este crecimiento, se observa que, en la última década, las remesas han provenido principalmente de Estados Unidos, con un promedio de US$938 millones anuales, seguido por España, con aproximadamente US$287 millones. Luego, se encuentran Chile, con un promedio de US$89 millones, y el Reino Unido, con US$53 millones. Mientras tanto, la suma de los demás países del mundo ha representado alrededor de US$518 millones.

Al analizar los tres principales países emisores de remesas, el caso de Estados Unidos destaca particularmente: su participación relativa pasó de 42% en 2014 a 53,3% en 2024. En contraste, España, que en 2014 representaba 21% del total, redujo su participación a 16,5% en 2024. Un dato interesante es que, aunque la participación relativa de España ha disminuido, este efecto se ha visto compensado por un aumento en Chile, que pasó de 3,6% en 2014 a 3,8% en 2024, y en el Reino Unido, cuya participación creció de 2,6% a 3,7% en el mismo periodo. Finalmente, cabe destacar que la participación de los demás países ha mostrado un descenso, pasando de 30,9% en 2014 a 22,2% en 2024.

Es de esperar, entonces, que el futuro de las remesas hacia Colombia se vea afectado, ya que muchos de los colombianos deportados probablemente enviaban una parte significativa de estos recursos. Analizar este fenómeno es relevante, pues las remesas representan una fuente crucial de ingresos en dólares para el país, superando incluso el valor de las importaciones de café por parte de Estados Unidos. Mientras que estas últimas generan cerca de US$2.000 millones para la economía colombiana, las remesas alcanzaron un total de US$3.053 millones en el tercer trimestre de 2024. Si la tendencia a la reducción de estos envíos persiste, el déficit en la cuenta corriente podría ampliarse, ejerciendo presión sobre la tasa de cambio y generando efectos adversos en sectores que dependen de la estabilidad del dólar.

Estos cambios en la composición y el volumen de las remesas reflejan no solo la dinámica migratoria de la última década, sino también la vulnerabilidad de la economía colombiana ante decisiones externas, como las políticas migratorias de Estados Unidos. La posible reducción en el flujo de remesas podría afectar el consumo de miles de familias que dependen de estos ingresos, con implicaciones en la demanda interna y, en última instancia, en el crecimiento económico del país. Frente a este panorama, surge una pregunta clave: ¿Está Colombia preparada para enfrentar el impacto de una posible disminución en el ingreso de remesas y mitigar sus efectos en la economía y el bienestar de la población?

Según la Dian, el patrimonio líquido de las iglesias es de $19 billones y que, por esta razón las iglesias deben tributar. El debate siempre es interesante, ahora bien, debe sujetarse a reglas y normas preexistentes. Para empezar, es una falacia decir que las iglesias no pagan impuestos, sí pagan, hay más de 14.000 declarantes que tributan por los ingresos que no hacen parte del culto, el impuesto a la renta y también de ICA en algunas ciudades.

Pero si hablamos de ingresos que se obtiene por ejercer el culto, es decir, la confesión religiosa, hay que saber que allí no hay ningún fin de lucro, hay un fin diferente y desde ese entendimiento se ha fijado que las iglesias no son contribuyentes por esos ingresos, toda vez que tienen un ánimo confesional.

Si se busca que paguen por el patrimonio que tienen, no es plausible, porque el concordato de 1887, firmado entre el Estado del Vaticano y la República de Colombia que se sujeta al derecho internacional, establece la exención de impuestos a los templos, seminarios y casas episcopales, que son parte del patrimonio de las iglesias, luego fue ratificado por el artículo 26 de la Ley 20 de 1974, y que posteriormente se amplió a todas las confesiones religiosas a partir del artículo 19 de la Constitución Política y ratificado por diversas sentencias de la Corte Constitucional.

Acá aumentar la carga impositiva de las iglesias y organizaciones religiosas, constituiría no solo un desconocimiento de la actividad que realizan y que la Corte Constitucional en sentencias ha reconocido “como elemento fundamental del bien común y del desarrollo de la comunidad nacional”, sino un claro efecto jurídico frente a un tratado internacional celebrado por el Estado colombiano.

Una de las preguntas relevantes en este debate, es la definición de culto, para la iglesia Católica y para las demás iglesias, no se trata solo de asistir y aportar un diezmo, ofrenda o limosna, se trata de tener una vida circunscrita a valores y mandatos inalienables ¿El Estado querrá reglamentar la espiritualidad de sus ciudadanos y sus cultos o religiones?

Generar que tributen las iglesias por profesar y predicar, también vulnera los principios del derecho tributario, porque los ingresos que ellas reciben por las “donaciones”, ya generaron una tributación de quien hizo el aporte.

Es un tema que se ha debatido muchas veces, pero a pesar de la cifra que digan los expertos y de los argumentos legales acá expuestos, creo en lo que Jesús le dijo a Pedro, instruyendo a su apóstol a que deben pagar impuestos, el versículo bíblico, de Mateo 17:27, enseña: “Pero para no escandalizar a esta gente, vete al lago y echa el anzuelo. Saca el primer pez que pique; ábrele la boca y encontrarás una moneda. Tómala y dásela a ellos por mi impuesto y por el tuyo.” (NVI). Los miembros o feligreses tenemos que pagar los impuestos, pero las organizaciones religiosas o iglesias no deberían hacerlo.