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Joseph Schumpeter propone en su libro ‘Teoría del desarrollo económico’ de 1911 que son los empresarios y sus innovaciones lo que explica el progreso. Los neoschumpeterianos Richard Nelson (quien entre 1966 y 1969 estuvo en Colombia estudiando nuestro cambio económico) y Sidney Winter indican en una de las obras más importantes de las ciencias económicas y administrativas, ‘Una teoría evolutiva del cambio económico’ de 1982, que las dinámicas de inversión en investigación y desarrollo (I+D) de las empresas son parte esencial de las decisiones estratégicas que crean innovaciones y marcan trayectorias tecnológicas en rutinas organizacionales. Nelson y Winter también subrayan que la innovación tecnológica no es simplemente el resultado de la inversión en I+D, sino también de las condiciones del sistema económico y tecnológico en su conjunto.
Las empresas están influenciadas por las políticas gubernamentales, las expectativas del mercado y las redes de conocimiento que existen en su industria, lo que determina las formas en que invierten y aplican los resultados de su investigación. Por lo tanto, un gobierno que da incentivos a las empresas como beneficios tributarios e invierte en un ecosistema de universidades y centros de investigación genera las condiciones necesarias para la innovación industrial.
Con la Ley 29 de 1990 Colombia entró en una nueva institucionalidad en la promoción de políticas de ciencia y tecnología incluyendo los beneficios tributarios para incentivar la innovación empresarial. Con la Ley 1286 de 2009 que transformó a Colciencias en un departamento administrativo se fortaleció la gobernanza para la inversión en I+D con la creación del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (Cnbt). En este órgano se toman las decisiones en pro de la creación de capacidades empresariales que repercutan en el crecimiento económico incentivando la innovación.
Por más de 30 años la política de beneficios tributarios ha sido un motor de la innovación para pequeñas, medianas y grandes empresas favoreciendo el empleo y el progreso del país. Sin embargo, MinCiencias para este 2024 no han publicado la convocatoria de beneficios tributarios que generalmente sale el primer semestre de cada año. ¿Será que la ministra Yesenia Olaya procrastina porque no entiende la importancia de esta política o porque sigue el mandato de su patrón de ahogar al sector privado con todas las formas de lucha?
Sin embargo, detrás hay una situación tremebunda, horrenda, por el manejo interno que a su antojo hace la ministra Olaya torciendo las reglas instituidas y también las lógicas de las políticas neoshumpeterianas de la innovación. El Decreto 1449 de 2022 define en el artículo 16 que la Dirección de Desarrollo Tecnológico e Innovación ejerce la secretaría técnica del Cnbt, pero la ministra Olaya mediante Resolución 2284 de 2024 delega esta función al jefe de la Oficina Asesora Jurídica del MinCiencias.
No soy abogado, pero se algo básico del derecho: una norma inferior, en este caso una resolución, no puede contradecir una superior como un decreto o una ley. También sé que un servidor público que, con un acto administrativo como este, vaya en contravía de la ley, está sujeto a lo dispuesto en el artículo 413 del código penal. En conclusión, es prevaricando como la ministra tranca el orden legal del funcionamiento del Cnbt afectando la convocatoria de beneficios tributarios a la inversión en I+D de las empresas del país.
El efecto organizacional en MinCiencias no tardó en manifestarse con la renuncia del hijo de la ministra del Trabajo, Diego Alejandro Restrepo Ramírez, a su cargo de jefe de la Oficina Asesora Jurídica como consta en la Resolución 2295 de 2024, al que Olaya ya le tiene su esquirol -el jefe de Oficina Asesora Octavio Hernando Sandoval Rozo-. De esta forma, Restrepo Ramírez se suma a los funcionarios que salen de la alocada puerta giratoria de Yesenia y de un MinCiencias en átomos volando.