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Analistas 28/08/2024

En defensa de la Corte Constitucional

El profesor Rodrigo Uprimny ha manifestado públicamente su molestia con una serie de decisiones de la Corte Constitucional.

No hay nada de malo en criticar los fallos judiciales. Ni en criticar a los jueces que los profieren. Es parte del derecho que tenemos a expresar libremente nuestras opiniones. O, dicho de otra forma, tenemos que acatar los fallos judiciales pero no estamos obligados a estar de acuerdo con ellos.

También está en todo su derecho en dar una opinión sobre la corte misma, la cual ha calificado como una corte “lochneriana” en alusión a un periodo de la historia constitucional de los Estados Unidos donde la Corte Suprema de ese país hizo énfasis en las libertades económicas, especialmente en la libertad contractual.

Esta evaluación es, por supuesto, política, no jurídica. El profesor Uprimny parecería que prefiere aquellas cortes activistas, las que usan los fallos judiciales para promover políticas públicas que promuevan lo que él llama la “justicia social”. Es decir, prefiere a los jueces en el rol de los políticos que a los jueces en el rol de jueces.

Porque la definición de “justicia social” no es propiamente del ámbito del derecho y menos de la actividad judicial. Es del ámbito de la política y de la actividad legislativa.

Por ejemplo, hay quienes consideran que la actividad empresarial con ánimo de lucro es antagónica a los intereses de la sociedad. Otros, en cambio, creemos en exactamente lo opuesto: entre más economía de mercado más bienestar para todos.

De todas formas estas son consideraciones políticas, que se resuelven en los escenarios políticos. Principalmente en el Congreso de la República, donde existe una representación democrática de los intereses, valores y aspiraciones de la sociedad.

Perfilar a la actual Corte Constitucional como una corte “pro-ricos” -que es en efecto lo que se ha hecho acusándola de “lochnearismo”- es tan inconveniente como alabar a una corte porque es “pro-pobres”. Ambas apreciaciones son equivocados porque conllevan un juicio de valor político.

Para el profesor Uprimny, el impuesto a las regalías y al patrimonio es constitucional porque sirve para reducir la pobreza a través de la redistribución. O sea, sirven para hacer “justicia social”. Sin embargo, es perfectamente posible hacer el argumento contrario: los impuestos que atrofian el crecimiento económico no reducen la pobreza sino que la aumentan.

La paradoja del asunto es que el activista quiere que las cosas siempre sean a su manera. Si el congreso no legisla entonces bombardean a las cortes para que avancen por la vía judicial sus causas respectivas. Las célebres “consultas previas”, manufacturadas por la vía jurisprudencial, son una muestra. Pero cuando el congreso legisla y las cortes lo contradicen entonces viene la ira divina en su contra. Como en el caso de los inconstitucionales impuestos expropiatorios.

Los jueces no son héroes o villanos porque fallan como uno quiere, o porque comparten esta o aquella visión de la “justicia social”. No hay que importar vocablos anglosajones para saber que el activismo judicial será siempre una mala idea.

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