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Enhorabuena acaba de conformarse una excelente Comisión de Expertos en Gasto Público (Cegp), siguiendo el mandato de la Ley 1819 de 2016 (Art. 361). Dicha Cegp deberá entregarle al Gobierno sus recomendaciones a finales de 2017, buscando que dicho gasto se torne más eficiente y que se contenga su desborde estructural, especialmente en sus componentes de seguridad social (pensiones-salud y gasto asistencialista no-focalizado, tal como ocurre con un Sisbén de 35 millones vs. un máximo de 12 millones de pobres).
Minhacienda ha venido expresando que Colombia no requeriría otra reforma tributaria en el futuro cercano (¿2018-2020?), pues supuestamente los réditos de la Ley 1819 de 2016 resultarían suficientes para cerrar los faltantes fiscales. Pues bien, resulta que dichos faltantes han sido estimados en cerca del 3% del PIB anual por el propio Marco Fiscal de Mediano Plazo del Mhcp (presentado en 2016) y, como veremos, la reciente reforma tan solo estaría aportando un 1% del PIB (aun en un escenario bastante optimista).
En efecto, el Gobierno argumenta que su expectativa está cifrada en “la batalla contra la elusión-evasión” (que a lo sumo aportaría 0,5% del PIB anualmente). Sin embargo, progresar de forma significativa en esta lucha anti-evasión hubiera requerido una profunda modernización de la Dian. Pero esta dejó mucho que desear en la Ley aprobada, según las propias opiniones de la Comisión de Expertos Tributarios, quienes habían asesorado al Gobierno durante 2015, en preparación para lo que sería la Ley 1819 de 2016. Dicho de otra manera, entre el Ejecutivo y el Legislativo poca atención-efectiva terminaron prestándole a sesudas recomendaciones de dichos expertos (… esperemos que no vaya a ocurrir lo mismo con las recomendaciones de la Cegp).
Ahora bien, incluso dejando de lado el escepticismo en la lucha contra la evasión, los cálculos de Anif sobre recaudo tributario adicional no aportarían mucho más de 0,6% del PIB por año durante 2019-2020. Fedesarrollo inclusive ve un panorama tributario aún más preocupante que el nuestro, pues concluye que el efímero impacto de recaudo adicional del orden del 1% del PIB se desvanecería totalmente, una vez se desmonte la sobretasa del Imporrenta de las firmas de 4%-7% de los años 2017-2018.
Y, en efecto, ambas instituciones somos escépticas sobre las bondades de cifrar la suerte del éxito del ajuste tributario en la lucha contra la evasión; especialmente, cuando Colombia exhibe elevados grados de informalidad que hoy bordean un 35%.
Imporrenta de las firmas. Para el 2020, la reducción de la tasa efectiva del 40% al 33% y el desmonte total del impo-riqueza habrá generado caídas en este recaudo del orden del 1,3% del PIB (por año). Así, los recaudos adicionales generados principalmente por el incremento del IVA del 16% al 19% (pero sin desmontar copiosas exenciones) resultarán totalmente insuficientes para cerrar esta brecha y de allí el temor de los empresarios acerca de un “conejazo” en este frente, cuando el nuevo Gobierno seguramente las dejará en niveles del 37%.
Imporrenta de los hogares. La intención de gravar con tasas efectivas en el rango 25%-30% apuntaba en la dirección correcta por parte del Ejecutivo; pero el legislativo “peluqueó” ese propósito y tan solo elevó las tasas efectivas en cerca del 3%. Así, la intención de recaudar un adicional de 1,3% del PIB por esta vía se vio recortada a tan solo 0,6% del PIB, con pocas ganancias en progresividad tributaria. El nuevo gobierno de agosto-2018 tendrá que hacer mucha pedagogía nuevamente en este frente para lograr esa dupla de mayor recaudo y con mayor progresividad tributaria.
Recaudos del IVA. Incrementar la tasa general del IVA del 16% al 19% fue uno de los pilares centrales de esta reforma, la cual contaba con importantes elementos estructurales, en opinión de Anif. Sin embargo, al no afectar de forma sustantiva el cúmulo de exenciones (con excesivas partidas en cero o 5%), se perdió una oportunidad clave para haber ganado cerca de otro 1% del PIB en recaudo adicional permanente.