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Luego de las irregulariades denunciadas por el superintendente de Industria y Comercio, José Miguel de la Calle, sobre el control a las aerolíneas suscitado en la nueva Ley de Turismo, donde la entidad perdía el derecho a regular el transporte aéreo, el Gobierno Nacional dejó claro el tema para que los consumidores no tuvieran inconvenientes a la hora de hacer una reclamación.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, señaló ante la preocupación del funcionario que “el Estatuto del Consumidor está plenamente vigente y lo que hay es un cambio respecto a quien ejerce la facultad de vigilancia, que no será la SIC sino la Aeronáutica Civil”.
El ministro aseguró que el Estatuto del Consumidor es una norma que es aplicable al cien por ciento de las actividades económicas, por tal razón la Aerovicil tendrá que cumplir con los mandatos de la ley y aplicar el control pertinente a las aerolíneas que operan en el país.
“La preocupación era que si la forma como había quedado la Ley aprobada permitía que el Estatuto del Consumidor no fuera utilizado en el sector de viajes y turismo, en particular para los pasajeros aéreos, y la respuesta contundente es no”, señaló Díaz-Granados.
“La Aeronáutica Civil tiene que aplicar la Ley y la Ley es el Estatuto del Consumidor así que no hay lugar a interpretaciones en ese sentido”, aclaró el titular de la cartera.
El Superintendente de Industria y Comercio dijo que están evaluando con el Ministerio de Comercio la forma de asegurar que en el régimen de protección al consumidor no quede la impresión que de que el sector turismo está por fuera del Estatuto del Consumidor.
“Estamos trabajando para producir un decreto reglamentario que haga explícito el mantenimiento de la industria turística bajo los principios fundamentales de la protección al consumidor”, dijo de la Calle.
El ex superintendente de Industria y Comercio, Jairo Rubio, señaló que la entidad “es competente en todos los sectores de la economía para efectos de garantías en ejercicio de funciones jurisdiccionales”.
Cuando habla de protección al consumidor, se deben tener en cuenta dos aspectos: El primero, que hace referencia a que la información que se le suministre al consumidor no sea engañosa. Un segundo aspecto hace referencia a la garantía. “Sobre ese aspecto, que es la parte correspondiente, se hace a través de un procedimiento jurisdiccional”, dijo.
La entidad recalcó que el turista tiene el derecho de recibir información veraz, clara, comprensible y suficiente en relación con el precio, beneficios, descuentos, cobertura, temporada (alta o baja) y renovación del servicio contratado.
Los planes turísticos
Cuando planee salir a descansar y divertirse, se le aconseja estar informado, para que una vez terminadas sus vacaciones, no tenga inconvenientes. Por eso lo mejor es tener conocimiento respecto a los prestadores de servicios turísticos debidamente inscritos y hacer una buena planificación, para evitar ser blanco de los abusos.
Cuando decida adquirir un plan vacacional hágalo con los prestadores de servicios turísticos registrados ante el Ministerio.
Cerciórese de que la prestadora del servicio cuenta con una adecuada plataforma de atención al cliente en la que pueda hacer sus consultas, resolver dudas o realizar reclamos en casos que estos sean necesarios.
Planee con tiempo sus vacaciones. Reserve con anticipación el paquete turístico escogido; así podrá economizar.
Compare los servicios que le brindan los diferentes prestadores de servicios turísticos. Evalúe de manera consciente las ofertas del mercado.
No olvide preguntar sobre los diferentes planes vacacionales a los cuales puede acceder teniendo en cuenta su presupuesto, lugar de destino, número de personas, valor por noche, transporte y beneficios incluidos.
En caso de que le ofrezcan una promoción, que para usted sea atractiva, no tome decisiones inmediatas, no se deje coaccionar por la insistencia de los oferentes del servicio.
Si el plan vacacional que le brindan es sorprendente, pero éste es ofrecido en un lugar distinto y poco habitual por ejemplo grandes almacenes, centros comerciales, estadios, lugares de recreación o sitios que desvíen su atención, tenga cuidado.
Si ya se decidió a tomar sus vacaciones y omitió asesorarse más sobre el producto comprado y éste no cumplió con sus expectativas ni las de su familia, tranquilo aún tiene la posibilidad de retractarse de la celebración de dicho negocio.
Si definitivamente está seguro de lo que adquirió y su decisión es viajar por determinada aerolínea recuerde siempre que cualquier cambio en la fecha inicialmente programada para su viaje, tendrá una penalidad.
La sobreventa de vuelos es una práctica común que usa la mayoría de las aerolíneas del mundo. Tome las medidas necesarias para evitar que le afecte y, en caso de que tenga algún problema, exija lo que le corresponda.
Obligaciones de los operadores turísticos
Entre las principales obligaciones de los prestadores de servicios turísticos se encuentran la inscripción y actualización de los datos en el Registro Nacional de Turismo, que se realiza ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Así mismo, ellos deben ajustar su publicidad en precios, calidad y cobertura del servicio ofrecido y pactado. También están en la obligación de ejecutar los servicios contratados, ya que puede caer en las quejas por parte de los usuarios. La principal labor de los prestadores de servicios es velar por la satisfacción de sus consumidores, esto mediante el suministro de información veraz, clara y suficiente en relación con los productos que ofrece y la garantía en el cumplimiento de los servicios turísticos. Recuerde que no solo las obligaciones son para el prestador de servicios turísticos, porque aunque la ley los protege los usuarios también deben cumplir algunos requerimientos.
Las opiniones
Sergio Díaz-Granados
Ministro de Comercio, Industria y Turismo
“El Estatuto del Consumidor está plenamente vigente y lo que hay es un cambio respecto a quien ejerce la facultad de vigilancia, que no será la SIC sino la Aeronáutica Civil”.
Jairo Rubio
Exsuperintendente de industria y Comercio
“La Superintendencia de Industria y Comercio es competente en todos los sectores de la economía para efectos de garantías en ejercicio de funciones jurisdiccionales”.
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