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El decreto contempla la apertura de peluquerías, museos, bibliotecas, entre otros, y se da mayor control a alcaldes y gobernadores
A través del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional extendió la medida de aislamiento preventivo obligatorio hasta las cero horas del próximo 1 de julio en todo el país. La medida, sin embargo, viene acompañada de nuevas medidas de flexibilización pues agrega más de 43 excepciones.
Entre las nuevas actividades que estarán exentas se encuentran museos y bibliotecas; laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano; servicios de peluquería, y servicios de aseos, donde se incluyen las labores domésticas. Esta última actividad, está en la excepción 42, que se refiere a ‘Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general’. Además, se habilitaron las actividades de comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.
Todavía no hay cifras exactas de la cantidad de personas que podrán empezar a circular con las nuevas excepciones. Sin embargo, cabe recordar que, al momento de la expedición del Decreto 636, con el que se autorizó la reactivación de los municipios de covid-19 y otras excepciones, se estimaba que la cifra ascendía a 16,7 millones de personas, resultante de sumar las cerca de 11,07 millones de personas (incluyendo los informales) que ya podían circular con las 5,7 millones que estaban en los municipios sin covid.
Ahora, con la reapertura de nuevos sectores, se estima que aproximadamente 21 millones de personas empezarán a circular, si se tiene en cuenta que, según cálculos de Anif, solo el sector comercial, al por mayor y al por menor, incluye a cerca de 4,2 millones de personas.
En el Decreto, además, se anunció que el transporte aéreo seguirá cerrado durante ese periodo, sin embargo, la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció que los viajes de pasajeros internacionales estarán permitidos a partir del 1 de septiembre, y abrió la posibilidad de comprar tiquetes para esos vuelos desde junio.
Entre otras medidas para proteger a los ciudadanos, el Gobierno decretó el cierre de las fronteras de Colombia (marítimas, fluviales y terrestres) con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador, exceptuando casos de emergencia humanitaria y carga; esto por el alto número de casos que presentan estos países.
A pesar de la reapertura de los nuevos sectores, el Decreto entregó a los mandatarios regionales y locales la facultad para que suspendan algunas actividades exceptuadas en función de la evolución de la pandemia en sus territorios. Esto deberá hacerse con previa consulta y autorización del Ministerio del Interior. Acá, se estima que una de las excepciones sería Bogotá, ya que no se han completado el número de UCIs que estableció el Distrito para mayor flexibilización.
El documento, además, hace explícita la prohibición a eventos que impliquen aglomeración, así como los restaurantes, discotecas, cines, establecimientos deportivos, como gimnasios y piscinas, entre otros.
Mayores de 70 en cuarentena hasta agosto
A pesar de que la medida de aislamiento preventivo obligatorio se extendió hasta el próximo 1 de julio, el Ministerio de Salud, a través del decreto 844, determinó la extensión de la cuarentena obligatoria para las personas mayores de 70 años, los menores de edad y quienes tengan enfermedades preexistentes y comorbilidades que los hagan más vulnerables a las complicaciones en caso de contagiarse de covid-19, quienes deberán quedarse en sus casas hasta el próximo 31 de agosto y tendrán algunos espacios para actividades física al aire libre tres veces a la semana, media hora al día.
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