.
Hacienda

Los decretos de la Emergencia Económica


El gobierno del presidente Iván Duque publicó un nuevo paquete de decretos para atender la crisis del Covid-19

ENERGÍA

Anuncian créditos para empresas de servicios públicos por la crisis del Covid-19

jueves, 16 de abril de 2020

Administradores locales, gobernaciones o alcaldías podrán capitalizar empresas para garantizar los servicios

Kevin Steven Bohórquez Guevara

En la lista de Decretos que publicó el Gobierno en la noche de este miércoles se incluyó el 574, un documento mediante el cual se dan algunas líneas generales para atender las necesidades del sector minero-energético.

En concreto, anuncia que el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios podrá otorgar créditos a las empresas de servicios públicos domiciliarios con participación mayoritariamente pública. Esto con el fin de asegurar la continuidad en la prestación de dichos servicios durante la emergencia económica y social.

El documento señala que en caso de que se requiera la presentación de garantías para lo dispuesto en estos préstamos, las empresas de servicios públicos "podrán hacer uso de los subsidios causados o que vaya a recibir por la prestación del servicio".

A esto se suma que se autorizó a la Nación, a las adminitraciones locales que puedan capitalizar empresas de servicios públicos, con el fin de darles flujo de caja para la prestación del servicio. "Cuando la Nación o alguna entidad territorial ya tenga participación en una empresa de servicios públicos domiciliarios, podrá capitalizar los dividendos futuros", dice.

Otro de los ajustes que prevén aliviarle el bolsillo a los usuarios es que se dará la entrega de subsidios a usuarios del servicio público domiciliario de Gas Licuado de Petróleo (GLP, o gas de cilindo) por parte del Ministerio de Minas y Energía. Según confirmaron, este beneficio podrá hacerse directamente a los beneficiarios de este.

"El auxilio se calculará sobre el costo del consumo básico de subsistencia, a los estratos 1 y 2 identificados en Sisbén, como usuarios de GLP en cilindros", explica el Decreto.

Combustibles

"Cuando se presenten insalvables restricciones en la oferta de combustibles líquidos, no transitorias, que impidan la prestación continua del servicio de abastecimiento de combustibles líquidos, el Ministerio de Minas y Energía podrá definir esquemas de priorización, atención y/o racionamiento de la demanda de combustibles líquidos, con el fin de garantizar la prestación del servicio público y la garantía en la atención de las necesidades básicas de la población", dice el documento.

En ese sentido, la cartera minero-energética podrá modificar, transitoriamente, los niveles de mezcla de los combustibles líquidos con biocombustibles, especificando el valor de los porcentajes y la discriminación por región o por municipios en las que apliquen dichas medidas.

A esto se suma que se dará un apoyo transitorio a distribuidores minoristas. "El 0,5% del margen de rentabilidad señalado por el Gobierno al distribuidor minorista de combustibles líquidos derivados del petróleo por cada galón de gasolina y/o Acpm, el cual será retenido a todo minorista en la forma que indique el Ministerio de Minas y Energía", dijeron.

Energía

A la lista de disposiciones se sumó que las empresas tenedoras
de activos eléctricos de propiedad de la Nación o entes territoriales en las Zonas No Interconectadas (ZNI), que a la fecha los estén operando y sin que medie acto de formal de entrega, podrán prestar de manera ininterrumpida el servicio público de energía eléctrica, siempre y cuando se mantengan las condiciones en que lo vienen prestando.

En esa misma línea, se otorgarán prórrogas de las entregas de las soluciones energéticas para proyectos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI). "Las entregas de las implementaciones de soluciones energéticas previstas en el artículo 288 de la Ley 1955 de 2019 del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI), cuyo vencimiento ocurra en cualquier fecha, antes o dentro del lapso de duración de la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, se prorrogarán hasta 31 de diciembre de este año", dijeron.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE LOS DECRETOS DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA

Cultura 16/04/2020 Gobierno destinará recursos del Impuesto Nacional al Consumo para la cultura

Los responsables de la cultura en cada departamento deberán ordenar transferencias monetarias para artistas en condición vulnerable

Salud 16/04/2020 Crean subcuenta especializada para la mitigación de emergencias por la pandemia

Se financiará la provisión de bienes, servicios y obras requeridas para contener los efectos del Covid-19

Salud 16/04/2020 Municipios y distritos podrán subsidiar servicios públicos de acueducto y alcantarillado

El Decreto emitido por el Gobierno también señala que entidades sin ánimo de lucro como zoológicos tendrán pagos diferidos