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El impuesto general es de 19% desde enero de 2017
El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, ha hablado de la posibilidad de que se graven todos los productos que hacen parte de la canasta familiar, ya que se eliminaría la exoneración que beneficia a algunos de estos bienes y la tarifa diferencial que aplica a otra cantidad de estos.
Actualmente, existen tres tarifas para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la canasta familiar: 0%, que grava 35% de los productos que conforman la canasta; 5%, que también se aplica a 35% de los bienes y 19%, que es la tasa para el 30% restante.
Enrique Romero, experto en tributación de la Universidad Central, explicó que estas tasas diferenciadas fueron acordadas porque hay bienes y servicios que son más necesarios, así como hay algunos que tienden a ser más consumidos por los estratos de menores ingresos.
“Se ha identificado que hay productos como el arroz, el huevo y la papa, cuyo consumo es muy alto entre los estratos uno y dos, por lo que estos tienen una tarifa de 0%”, explicó.
Además, como su nombre lo indica, este impuesto se aplica sobre los bienes una vez que han pasado por un proceso que les genera mayor valor. Esta es la razón por la que los productos agrícolas que no han tenido un procesamiento, como las frutas y las verduras, se encuentran entre los exonerados.
De acuerdo con la Ley vigente, entre los bienes que gravados a 0%, están los alimentos considerados básicos en la alimentación de la familia colombiana, tales como pan, leche y las carnes provenientes de reses, cerdos y pollos.
Así mismo, hay servicios y bienes relacionados con los derechos fundamentales que no pagan IVA, como los arrendamientos, la consulta médica general y las matrículas educativas.
Por el lado de los que tienen la tarifa a 5%, están algunos productos que requieren procesamiento pero son muy importantes como azúcar y carnes frías. En esta clasificación también están los servicios de seguros relacionados con salud.
La última tarifa, que es la general del impuesto sobre las ventas (19%), aplica para vestuario, electrodomésticos, servicios de comunicación, juegos de azar, combustible y cigarrillos. También es impuesta a los servicios y bienes de lujo, que anteriormente tenían una tasa impositiva de 25%.
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