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Con el decreto 1270, serán las Instituciones de Salud del Estado (ISE) las encargadas de la prestación del servicio público de salud
Ayer el Gobierno Nacional expidió los decretos que se implementarán en el marco de la emergencia económica en La Guajira.Entre algunas medidas que se adoptarán está la exención temporal del IVA en el turismo y la asignación de una transferencia de$500.000 para las familias del departamento. En materia de salud, cabe resaltar que con el decreto 1270 se implementará un piloto de la reforma que actualmente se está tramitando en el Congreso de la República.
Tal como se establece en el documento, la idea es establecer un modelo se salud propio e intercultural en el que se tomará en cuenta lo avanzado en procesos previos de concertación entre las Autoridades Indígenas y el Ministerio de Salud. Esto se hará definiendo territorios para la gestión en salud.
"La territorialización en los territorios indígenas, afrodescendiente y Rrom para la implementación del modelo de salud propio e intercultural se concertará con las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes y Rrom, que habitan en el departamento", se lee en el documento.
Cabe resaltar que para garantizar la atención intercultural, los equipos de salud territoriales incluirán y vincularán a los agentes comunitarios de la salud propia, sabedores y sabedoras ancestrales, según autorización de las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas. Se incluirán al pueblo Wayuu;
afrodescendientes, y población Rrom que habitan en el departamento.
Instituciones de Salud del Estado
En el decreto 1270, también se establece que la prestación de servicios de salud públicos en el departamento se realizará a través de Instituciones de Salud del Estado (ISE) que se constituyen como una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sometidas al régimen jurídico.
"En su denominación se incluirá la expresión "Instituciones de Salud del Estado (ISE)". El objeto de estas entidades, será la prestación de servicios de salud, con carácter social, como un servicio público esencial a cargo del Estado", se estipula en el decreto.
Además, con la entrada en vigencia del decreto, los recursos del sistema serán manejados por la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema de Salud (Adres), con los debidos controles. Esta entidad también será la encargada de realizar el giro directo de los recursos de las Unidades de Pago por Capitación (UPC) de los regímenes contributivo y subsidiado.
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