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Según la resolución 153 de 2018, los bienes destinados al consumo humano que contengan tabaco, incluyendo los heatsticks, están sujetos al pago del impuesto.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expidió la resolución 153 de 2018 en la que se establece que los bienes destinados al consumo humano que contengan tabaco, incluyendo los heatsticks , están sujetos al pago del impuesto al consumo de cigarrillos.
De acuerdo con la resolución, todos los productos denominados cigarrillos y tabaco elaborado, sin hacer distinción en cuanto a la cantidad de tabaco que contengan ni a su clasificación arancelaria están sujetos al pago de dicho impuesto.
“Este tipo de gravamen (...) tiene beneficios que van más allá de los ingresos fiscales y tienen que ver con la reducción del consumo de tabaco y el cuidado de la salud de todos los colombianos”, aseguró el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, quien destacó este anuncio.
Igualmente, el representante de la cartera de Hacienda recordó que a partir de la Tributaria de 2016 se incrementó de manera paulatina el impuesto al cigarrillo, al pasar de valer $700 por cajetilla en 2016, a costar $1.400 en 2017 y $2.100 este año.
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