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Varios analistas señalaron que uno de los grandes retos es la profesionalización y especialización del servicio exterior en el cuerpo diplomático
El Ministerio de Relaciones Exteriores o la Cancillería es la entidad encargada de dirigir la política exterior del país. Entre sus funciones se encuentra la emisión y renovación de pasaportes, legalización de documentos y asistencia consular en el extranjero.
El tener funciones de carácter estratégico para la Nación y también operativas como el trámite de un documento, hace que se establezca una división entre embajadas y consulados.
Una embajada es una entidad adscrita a la Cancillería y representa al Gobierno en el país donde está radicada, su misión es proteger los intereses de Colombia, fomentar las relaciones bilaterales y convenir acuerdos según los intereses nacionales.
Mientras que los consulados, que también están bajo las órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, fueron creados para atender a ciudadanos colombianos en el exterior, brindar orientación a extranjeros que visiten el país y expedir documentos de viaje a nacionales o extranjeros.
Con base en información proporcionada por la Cancillería, Colombia tiene 63 embajadas en todo el mundo, sin contar las siete misiones permanentes. En América cuenta con 24, en Europa y Rusia tiene 26, mientras que en zonas como África, el resto de Asia y Oceanía tiene seis, 13 y una, respectivamente.
Frente a los consulados, de los 111 que Colombia tiene en el exterior, 47 de ellos son secciones consulares al interior de las embajadas. Su ubicación se divide en 58 en América, seis en África, Europa y Rusia cuentan con 28, el resto de Asia con 13, y Oceanía tiene tres.
El país cuenta con representación diplomática en Alemania, Australia, Canadá, China, Reino Unido, Polonia, Bolivia, Suiza, Rusia, Francia, Venezuela, Estados Unidos, Emiratos Árabes, Egipto, entre otros.
Pero también hay países que, si bien tienen una embajada, no tienen nombrado a un embajador hasta la fecha, por ejemplo, Israel, Marruecos, México, Portugal, Singapur y Tailandia son algunos de los países que no tienen nombrado a un embajador de manera oficial.
El 17 de diciembre, el presidente de la República, Gustavo Petro, manifestó en sus redes sociales que las casas de los embajadores en el exterior son más grandes que las sedes donde operan los centros consulares.
Por esa razón, el mandatario ordenó la venta de los predios, y señaló que el dinero que se recaude a través de la negociación sea destinado a la ampliación y a la mejora de los consulados.
Para los juristas, el Presidente no puede vender o disponer de los bienes de la Nación de manera unilateral; ellos señalan que los inmuebles de la Nación son administrados por el Congreso de la República.
“La titularidad de esos bienes es de la Nación, no del poder Ejecutivo. Si el Gobierno quiere vender una propiedad que está para el servicio diplomático consular o de embajadas, tiene que solicitarle al Congreso que la venta se realice”, afirmó Julio Orozco, abogado y propietario de Orozco Legal & Co.
De esta forma, de acuerdo con lo indicado por el jurista, si un inmueble que es propiedad de la Nación es vendido sin la autorización del legislativo, el trámite sería ilegal.
“Los inmuebles de las misiones diplomáticas en el exterior son de propiedad de la Nación mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores o su Fondo Rotatorio. Por lo tanto, para su adquisición, administración y enajenación se deben aplicar los principios generales para la contratación pública y los procedimientos constitucionales y legales para la enajenación de bienes del Estado”, enfatizó Esteban García, senior counsel de Holland & Knight.
“A pesar de que el Presidente tiene entre sus funciones ser la suprema autoridad administrativa de la política exterior, esto no implica que pueda actuar de forma arbitraria y unilateral para la disposición de los bienes”, agregó el abogado.
En cuanto a las entidades que pueden señalar que la venta unilateral de este tipo de inmuebles no puede realizarse, está la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, entidad encargada de defender los intereses del Estado y de la Nación, y la segunda es la Contraloría de la República, entidad que se encargaría de brindar su concepto para evitar un daño fiscal, explicó Orozco.
“Para disponer de un activo de la Nación hay que pasar por el Congreso. El Presidente dirige las relaciones internacionales, pero eso no incluye gobernar el patrimonio de la Nación por fuera”, puntualizó.
Para Orozco, las casas diplomáticas tienen el principio de extraterritorialidad, y en caso de que el Congreso brinde la autorización a través de una ley de presupuesto, el precio debe ser abonado al tesoro nacional para que el próximo año se dé destinación a los recursos.
La política exterior tiene directa influencia sobre temas internos, y varios académicos resaltan la necesidad de un personal diplomático profesional y especializado. Para Camilo González, profesor de relaciones internacionales de la Javeriana, “la profesionalización permite que los intereses del Estado se mantengan al margen de la política partidista”. Para el internacionalista y profesor de la Javeriana, Jesús Rudenko, el reto está en evitar nombramientos diplomáticos que se deben a favores políticos.
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