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MINAS

Concertación resolvería incertidumbre jurídica por consultas populares

lunes, 3 de septiembre de 2018
Foto: EXPLOTACION DE INAS DE ORO EN BARRIO EL PORVENIR DE BARBOSA. DONALDO ZULUAGA

La Corte Constitucional está próxima a fallar el caso Cumaral

Heidy Monterrosa Blanco

Ya son 113 las consultas populares y los acuerdos municipales que se han puesto en marcha con el objetivo de prohibir proyectos del sector minero energético. Algunas de estas consultas ya han sido votadas, mientras que las iniciativa de otras han sido suspendidas. Así mismo, hay acuerdos municipales vigentes como otros que han sido declarados sin validez.

Ante este escenario, la expectativa del sector es que próximamente la Corte Constitucional se pronuncie sobre el caso Cumaral y unifique conceptos, pues como lo demuestran las contradicciones en las 113 acciones previamente mencionadas, actualmente en el país no hay una claridad sobre las competencias de las consultas populares y sus límites, ni sobre si los gobiernos territoriales tienen la facultad de prohibir actividades extractivas.

Esta falta de claridad jurídica ha generado que proyectos, como el de la mina La Colosa en Cajamarca, estén detenidos, ya que las empresas encargadas de ejecutarlos no saben si estos mandatos son vinculantes.

Según Milton Montoya, profesor investigador de la Universidad Externado, es clave que la Corte no solo defina cuál es el efecto de las consultas populares, sino si es válida la concertación entre el nivel nacional y territorial. “Si se determina que se debe concertar, la Corte también deberá dar unos lineamientos de cómo se debe hacer, cuál es el procedimiento y qué sucede si la empresa, el municipio o el Estado se niegan a concertar”, dijo Montoya, quien agregó que lo más apropiado jurídicamente es que se le pida al Congreso que tramite una ley de concertación.

Para Marcela Bayona, abogada y socia de la firma Minería y Medio Ambiente, la concertación también es la respuesta para evitar que se sigan haciendo consultas populares, las cuales considera que no son el mecanismo para que la comunidad manifieste sus dudas o reparos frente a los proyectos, porque en estas no se suelen presentar los estudios de impacto del proyecto, lo que impide tomar una decisión informada. “El Consejo de Estado en sus fallos ha manifestado que antes de organizar una consulta popular, los alcaldes deben buscar una concertación con la entidad del nivel central”, dijo.

LOS CONTRASTES

  • Milton MontoyaProfesor investigador de Universidad Externado

    “La concertación tiene que ser la medida previa a que un municipio prohiba una actividad minero energética por consulta popular”.

Tanto Montoya como Bayona están de acuerdo en que es sumamente importante encontrarle una solución a la incertidumbre jurídica, pues no solo se están poniendo proyectos en vilo, sino que si no se definen los alcances de consultas y acuerdos, estos ya no se usarán únicamente en temas minero energéticos, sino que se implementarán para otros temas como infraestructura.

Mecanismos de participación en proyectos
Marcela Bayona resalta que en los proyectos del sector minero hay espacios para que las comunidades participen y hagan seguimiento a los procesos. “Estos proyectos tienen dos etapas: una de exploración y otra de explotación. Para la segunda se necesita una licencia ambiental que requiere un estudio de impacto, el cual se da a conocer en audiencia pública”, dijo. También se puede hacer seguimiento a los proyectos cuando están en ejecución, a través del mecanismo de tercer interviniente.

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