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Los deudores tendrán plazo hasta el 15 de julio para ponerse al día con el pago de sus impuestos, de lo contrario serían objeto de un proceso judicial
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, está adelantando labores de recuperación de cartera morosa, y con corte a mayo se encontró que hay 242.280 contribuyentes que le adeudan $10,7 billones a las arcas de la nación. Es por esto que volverán a presentar denuncias ante la Fiscalía, con el fin de poner al día las finanzas públicas.
Entre abril y junio se adelantaron estas acciones y se encontró que hubo 22.000 nuevos deudores por omisión de agente retenedor. Es por esto que la Dian le dará plazo a 16.000 morosos para que se pongan al día, de lo contrario, serán citados a comparecer ante la entidad de impuestos. En conjunto con la Fiscalía.
“Este grupo hace parte de los 242.280 contribuyentes que, con corte a mayo de 2024, adeudan $10,7 billones y quienes, en nombre del Estado, son agentes retenedores”, declaró la Dian en un comunicado.
En el total de la deuda se incluye que $5,3 billones de impuestos los deben 487 Grandes Contribuyentes, quienes deberán compensar estas obligaciones en mora dentro del plazo establecido por la ley.
De acuerdo con el balance, 125.975 contribuyentes deben $5,9 billones por concepto de IVA, 108.366 adeudan en total $4,4 billones por retención en la fuente y 7.930 personas tienen deudas por $290.000 millones del denominado impuesto nacional al consumo.
“El mes anterior se citaron a comparecer a las instalaciones de la Dian de todo el país a 41.784 representantes legales y/o obligados. De estos citados, 16.225 han atendido el llamado y han pagado la deuda o gestionado soluciones de pago por valor de $616.882 millones. Los demás deben acercarse a las dependencias de cobro de la entidad a nivel nacional, antes del 15 de julio, y buscar una solución para normalizar su situación”, explicó la Dian.
La entidad seguirá adelantando esas labores de recuperación de cartera, y en caso de continuar con el incumplimiento, se procedería con lo establecido en el artículo 402 del Código Penal, por lo que podría incurrir en una mayor sanción económica equivalente al doble de la deuda, o incluso a una pena privativa entre los 48 meses y 108 meses.
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