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La restricción aplicaría para los vehículos clase automóvil, camioneta y campero con capacidad para cuatro pasajeros (sin incluir el conductor), siempre y cuando, no presten el servicio de transporte escolar. El horario que se ha contemplado es de 5:30 a.m. a 9:00 p.m.
Otro de los aspectos con los que se quiere remediar, por lo menos en algo, los problemas de movilidad es la aplicación de la misma restricción para vehículos oficiales, la misma que aplicaría entre 6:00 a.m a 8:30 a.m; y desde las 3:00 p.m las 7:30 p.m.
Los vehículos de transporte escolar que tienen más de cinco puestos estarán exentos de la medida, siempre y cuando, estén plenamente identificados. Así mismo, la restricción dependerá del último dígito de la placa y se ejecutaría hasta dos veces por semana.
Según la Administración Distrital, dicha decisión respondería a la cantidad de vehículos dedicados al transporte de turismo y empresarial, y servicio especial que circulan en Bogotá sin estar matriculados en la ciudad y con esto se busca equilibrar y unificar las condiciones de circulación con otro tipo de transporte.
El secretario de movilidad, Juan Pablo Bocarejo, aseguró que “la medida se toma basados en el principio de igualdad. Ha habido un incremento sustancial en este tipo de vehículos y el 65% no está matriculado en la ciudad y no pagan impuestos, así que todos deben estar bajo las mismas condiciones".
Para Lupuani Sánchez, presidente de la Asociación Colombiana de Transporte Terrestre Automotor Especial esta medida estigmatiza a los vehículos blancos, y agregó que nunca fueron informados de esta normativa. “Ese decreto estaba muy bien guardado, a nosotros nunca nos informaron. Vamos a ir hasta las últimas consecuencias reclamando el debido proceso, porque no fuimos consultados”.
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