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La petrolera de mayoría estatal destacó que jurídicamente pueden definir con criterios la compensación de todos sus trabajadores
Después de que la Unión Sindical Obrera del Petróleo (USO) advirtiera el detrimento de la calidad del empleo al interior de la compañía y que no fueron concretados los acuerdos relacionados con tramitación laboral, la petrolera respondió a dichos comentarios destacando entre otras cosas que jurídicamente cuentan con la facultad de definir la compensación de todos sus trabajadores con criterios de mercado.
“La ley 1118 de 2006 habilitó jurídicamente a Ecopetrol para definir la compensación de todos sus trabajadores con criterios de mercado propendiendo por la atracción, fidelización y retención del talento humano requerido para el desarrollo de la estrategia”, dijeron.
Esto a raíz de que la USO afirmara que "paradójicamente, mientras la empresa gana ingentes utilidades y logra ingresos récord, la calidad del empleo dentro de Ecopetrol se ha deteriorado y la administración saliente en diferentes ocasiones incumplió los acuerdos consignados en la Convención Colectiva de Trabajo en diversos componentes como salud, educación, y la libre asociación sindical, además, fue una práctica constante la desatención a las solicitudes de comunicación y diálogo efectuadas por los trabajadores representados por la USO".
Ecopetrol también destacó que cuenta con un esquema de compensación que asegura las condiciones laborales que incentivan a los empleados para que entreguen a la Compañía su máximo compromiso y potencial, la cual incluye componentes asociados al logro de resultados empresariales.
Y que la política de compensación de Ecopetrol busca que la compensación de todos sus trabajadores sea competitiva en todos los niveles: directivos, profesionales, técnicos, supervisores, operadores.
“Para la definición de la política de compensación, cada año se realiza un estudio de competitividad salarial con una firma especializada en el manejo de metodologías cuantitativas de valoración de cargos, mejores prácticas de compensación y temas organizacionales. El propósito es monitorear la posición de la Empresa frente al mercado”, afirmaron.
Además la petrolera aclaró que atendiendo la naturaleza jurídica de Ecopetrol y el régimen privado de sus actos jurídicos, así como el régimen laboral de trabajadores particulares, las condiciones de compensación salarial corresponden a lo pactado por las partes en el contrato laboral conforme a la Política de Compensación de la Compañía.
“La información relacionada con salarios de los trabajadores no tiene la característica de ser parte del dominio público y su manejo se rige por el derecho privado según el artículo 6° de la Ley 1118 de 2006, razón por la cual y en virtud de lo previsto en el artículo 61 del Código de Comercio, sólo puede ser examinada por los titulares de esta o personas autorizadas, salvo una orden de autoridad competente”, afirmaron.
Por último, y según la petrolera en los últimos años se han consolidado como un grupo diversificado de energía en América. Su planta de personal ha crecido 73% al pasar de 10.919 trabajadores al 31 de diciembre de 2016 a 18.378 trabajadores a 31 de diciembre de 2021, principalmente por la adquisición de ISA y la recuperación del control de Invercolsa tras un fallo judicial.
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