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Contra dicha ley se radicaron 31 demandas de las cuales, según la Secretaria de la Corte, están en curso 21.
Daniel Alberto Libreros Caicedo fue quien demandó en abril la ley 1943 de 2018, más conocida como la Ley de Financiamiento. En este caso, la demanda es para la totalidad de los artículos y no precisamente porque el demandante considere que tiene alguna acción inconstitucional, sino porque no se surtieron los procedimientos legislativos.
Contra dicha ley se radicaron 31 demandas de las cuales, según la Secretaria de la Corte, están en curso 21, la que se estudia este martes solo relaciona la de Libreros Caicedo, sin embargo, eso no quiere decir que no habrán decisiones de fondo con las otras acciones legales.
En el caso puntual de Libreros, en su demanda explicó que hubo “violación del principio de consecutividad, ante la ausencia de publicidad, presupuesto que vulneró el procedimiento legislativo establecido para la discusión y aprobación de las leyes en el Congreso”.
Es decir, según el demandante, existió ausencia de publicaciones de algunos artículos que fueron modificados en la Cámara de Representantes y algunos más en el Senado. “Existió un vicio de procedimiento, pues los representantes desconocían el texto que fue aprobado en Senado el día 18 de diciembre, el cual fue objeto de votación en la sesión del 19 de diciembre en la Cámara”.
Los argumentos de la demanda los conoció el magistrado de la Corte Constitucional Alejandro Linares, quien también recibió en su despacho el concepto del Procurador General y del Gobierno.
Por su parte, el Procurador Fernando Carrillo estimó que se declare exequible la norma, por cuanto el proyecto de ley de financiamiento aprobado por la sesión plenaria de la Cámara respetó en su integridad el principio de simultaneidad, porque este se aprobó en su mayoría el 18 de diciembre.
Por su parte, Clara María González, Secretaria Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por medio de una misiva indicó que “no se incurrió en una violación del principio de consecutividad por ausencia de publicación del texto del proyecto que fue votado y aprobado por la plenaria de la Cámara de Representante”.
Por el contrario, añadió que se espera que la Ley de Financiamiento aumente el recaudo tributario en cerca de 7 billones de pesos en 2019, lo cual asciende a 0,7 % del PIB. “Estos ingresos adicionales provienen únicamente de los cambios introducidos en la estructura de los diversos impuestos, y no consideran posibles efectos en el recaudo de mayor crecimiento o menor evasión”.
Así las cosas, se espera que entre el martes y miércoles de esta semana el magistrado Linares exponga su ponencia ante la Sala para determinar si declaran inconstitucional la ley.
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