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ENERGÍA

Empresas prestadoras del servicio de energía no pueden subir el costo de las tarifas

jueves, 14 de mayo de 2020

La ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez, explicó que no se podrá incrementar los costos por dos meses

Kevin Steven Bohórquez Guevara

Ante las recurrentes quejas de los usuarios por los altos costos de la energía, la ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez, advirtió que las empresas prestadoras del servicio no podrán hacer los incrementos injustificados en las facturas.

“Estamos del lado del usuario, entendemos su inconformidad y por eso le hemos pedido a la Superintendencia de Servicios Públicos que siga actuando con todo el rigor para que no exista ningún abuso, y menos en un momento de emergencia como el que estamos atravesando todos los colombianos”, dijo Suárez.

Se aclaró que desde el pasado 15 de abril, de acuerdo con la
Resolución 058, se determino que no se puede incrementar el costo por kilovatio/hora del servicio de energía por dos meses. Por eso, la ministra aclaró que esta medida se debe ver reflejada en la factura del mes de mayo.

Si las empresas incumplen, los usuarios pueden presentar la denuncia correspondiente ante la Superservicios, aseguró el Ministerio, a través de un comunicado.

La jefe de esa cartera destacó que ya se han dado varias opciones para quienes no pueden pagar sus facturas, por lo que recordó que se puede diferir dicha obligación.

Es de resaltar que los estratos 1 y 2 pueden diferir el pago de su factura de energía eléctrica o gas a 36 meses sin costo adicional, mientras que los usuarios residenciales de estratos 3 y 4 tienen la opción de pagar las facturas de abril y mayo en un plazo de 24 meses.

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