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Ministerio de Hacienda publicó los plazos para pagar el impuesto sobre la renta, IVA, entre otras obligaciones
El Ministerio de Hacienda expidió el decreto 2487 de 2022 en el que se establecen las fechas para pagar impuestos en 2023. En este se detallan los plazos para hacer efectivo el pago de las cuotas del impuesto sobre la renta, la declaración anual de activos en el exterior, declaración informativa y documentación comprobatoria, IVA, impuesto nacional al consumo, impuesto nacional a la gasolina y al Acpm, impuesto nacional al carbono, gravamen a los movimientos financieros, entre otros.
Impuesto sobre la renta
Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo del impuesto sobre la renta en tres cuotas a más tardar en las siguientes fechas, teniendo en cuenta el último dígito del número de identificación tributaria (NIT). El plazo para pagar la primera cuota se extenderá con feche límite entre el 7 de febrero a 20 de febrero de 2023. Para la segunda cuota se estableció un plazo máximo del 10 de abril al 21 de abril de 2023, y la tercera entre el 7 de junio y 22 de junio de 2023.
Cabe aclarar que el valor de la primera cuota no podrá ser inferior a 20% del saldo a pagar del año gravable 2021. Una vez liquidado el impuesto y el anticipo del impuesto sobre la renta en la respectiva declaración, del valor a pagar, se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de la siguiente manera, de acuerdo con la cuota de pago así; declaración y pago, la segunda cuota por 50% y la tercera con el restante 50%.
Estos son los plazos establecidos según si se es gran contribuyente, persona natural o jurídica.
Declaración anual de activos en el exterior
Teniendo en cuenta el último o dos últimos dígitos del NIT, se establecieron los siguientes plazos; para el caso de los grandes contribuyentes, podrán pagar hasta el 21 de abril de 2023. Las personas jurídicas tendrán un periodo límite para pagar entre el 10 de abril y 2 de mayo. Finalmente, las personas naturales tienen un plazo máximo entre el 9 de agosto y 14 septiembre, y entre el 15 de septiembre y 19 de octubre de 2023.
Impuesto sobre las Ventas (IVA)
Se deberá presentar la declaración y cancelar el valor a pagar por cada uno de los bimestres del año 2023, de acuerdo con estos plazos establecidos. Para el bimestre de enero y febrero se podrá pagar hasta el día 24 marzo de 2023. Para los meses de abril y mayo, se podrá hacer efectivo el pago hasta el 26 de mayo de 2023. Respecto a los meses de mayo y junio, se podrá saldar el impuesto hasta el día 25 de julio de 2023. Las deudas contraídas en julio y agosto se podrán pagar en una fecha límite el 22 de septiembre de 2023. Para los últimos dos bimestres se tiene como plazo máximo el 24 de noviembre de 2023 y 26 de enero de 2024, respectivamente.
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