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Entre las iniciativas lanzadas por el Ejecutivo está la exención de aranceles a más de 100 bienes necesarios en la lucha contra el Covid-19
Mucho se habla de las afectaciones que está teniendo la propagación del Covid-19 sobre el sector turístico, hotelero, aeronáutico, y petrolero, sin embargo, uno de los sectores que también resiente en sus finanzas esta crisis es el del comercio exterior, que si bien hace parte de las excepciones que plantea el Decreto de aislamiento, no está teniendo buena dinámica en su operación por el cierre de mercados y de fronteras en los países.
Por lo tanto, el Gobierno Nacional, de la mano de agremiaciones como Analdex, Amcham, Acicam, Fitac, Andi, entre otros, ha venido diseñando medidas que rebajen el impacto negativo, teniendo en cuenta que este negocio en particular viene de capa caída desde 2017, y que según los expertos solo se podría levantar si las exportaciones suben, y la inversión extranjera crece.
En este sentido, LR le explica cuáles son las medidas que ha impartido el Ejecutivo en materia de comercio exterior durante la crisis:
Arancel de 0% a 110 subpartidas
Esta primera medida que dio el Gobierno, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se trata de la determinación de poner 0% de arancel sobre las importaciones de 110 subpartidas de los sectores de la salud y la aviación. Entre los bienes del primer sector que se acogerán al beneficio tributario están, por ejemplo, oxígeno, compresas, jabones, gel antibacterial, máscaras especiales para la protección de trabajadores, guantes para cirugía, mascarillas para protección y cuna para cuidado intensivo con mecanismo de elevación eléctrico, entre otros.
Para el sector aeronáutico, los bienes que estarán exentos del impuesto serán algunos de capital como ventiladores y campanas aspirantes para extracción, calentadores de agua, embragues, y lubricantes.
Esta medida, que aunque no asegura que el precio final se modifique, sí representa un alivio para el sector, según Olga Lucía Salamanca, socia directora de política y defensa comercial en Araújo Ibarra Consultores “aunque no se puede garantizar que la eliminación de aranceles repercutirá en el precio final de estos productos, se debe tener en cuenta que la eliminación de los mismos representa un alivio para los importadores en medio de una coyuntura económica marcada por un elevado precio del dólar”, dijo.
Extensión de vigencias
Mediante la Mesa de Facilitación del Comercio permanente, que se instaló para hacer monitoreo a las operaciones de comercio exterior, se tomó la decisión de extender la vigencia de los usuarios aduaneros permanentes y de los usuarios altamente exportadores. En el documento oficial se señaló que el plazo en las vigencias se extenderá de manera automática mientras se mantenga la declaratoria de la emergencia sanitaria. Además, el Decreto establece que los usuarios que a la fecha de entrada en vigencia de la norma tengan aprobada una garantía global, con una vigencia igual o superior al 31 de mayo de 2020 y tres meses más, es decir, hasta el 31 de agosto, no deberán presentar otra garantía para continuar con el registro aduanero.
Exención de arancel a 53 bienes
Esta medida fue tomada luego de la primera exención a las 110 subpartidas, en ella se fijó un arancel de 0% a otros 53 bienes necesarios en la atención del Covid-19 como equipos médicos, guantes y ropa de protección no textil, bombas de uso médico, medicamentos de uso humano oncólogo y VIH, entre otros.
Restricción de exportaciones
Esta medida surgió más que como una ayuda al sector, pues se dio en medio del desabastecimiento de productos necesarios en la lucha contra el Covid-19. Se trata de la restricción de exportación de 24 bienes, entre los que están alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico o de atención, medicamentos para uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, y gel antibacterial.
Para María Claudia Lacouture, directora de la Cámara de Comercio Colombo Americana, las medidas van acorde a las necesidades, pero se les debe hacer un seguimiento, pues “en algunos casos de restricción de exportaciones, por ejemplo, se han incluido productos que no son de primera necesidad para atender la emergencia sanitaria y esto ha ocasionado algunas trabas en el comercio exterior. Es importante revisar estos casos ya que podrían limitar el desarrollo empresarial que forma parte del capital del país y clave para superar la crisis económica”, dijo.
Operaciones en el aislamiento
Dentro de las 34 excepciones que planteó el Gobierno en el Decreto de aislamiento preventivo se contemplan las operaciones de exportación e importación del país, por lo que estas se podrán adelantar durante los 19 días de aislamiento obligatorio. En tanto que se garantizan las actividades del comercio exterior por puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. Igualmente, el transporte, almacenamiento y logística para la importación y exportación de carga. También especifica que se permitirá el transporte doméstico por vía aérea para el transporte de mercancías.
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