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Ponencia para primer debate del proyecto planea la devolución del IVA a 20% de la población
El presidente Iván Duque anunció hoy la radicación de la ponencia para primer debate de la reforma tributaria, texto que incluye los aportes de los Congresistas al proyecto propuesto por el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, el pasado 22 de octubre. LR le presenta el texto del nuevo proyecto (vea la parte final del texto).
Entre los artículos nuevos que se incluyeron en la ponencia, radicada como el proyecto de Ley número 278 de 2019 de Cámara y 227 de Senado, está la propuesta de la creación de una comisión para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema nacional, por medio del artículo 110 del documento, la cual tiene como objeto evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios fiscales que sean eficientes.
Por medio del artículo 111 del proyecto también se adiciona un artículo 108-5 al Estatuto Tributario, con el que se busca fomentar la contratación laboral de personas menores de 28 años y que nunca han estado vinculadas laboralmente. Este punto contempla una deducción al contribuyente que corresponderá al 120% del salario pagado al empleado, siempre y cuando la deducción no exceda 115 UVT mensuales. Precisamente, esta fue una de las medidas anunciadas hoy por el presidente.
Así mismo, se propone un nuevo artículo, el 112, que pretende simplificar los procedimientos para que los gobiernos o entidades extranjeras transfieran auxilios o realicen donaciones para programas con el Gobierno colombiano, sin necesidad de estar amparados por acuerdos intergubernamentales, para lo cual solo será necesario el registro de los fondos en la Agencia Presidencial de la Cooperación Internacional.
Otro punto nuevo del articulado es la creación del Órgano Especial Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero, que figura en el artículo 117 del proyecto, y también establece en el artículo 118 la obligación para el Gobierno Nacional de entregar al Congreso de la República un informe sobre los efectos que generaría la eliminación y sustitución del IVA por el Impuesto Nacional al Consumo con una tarifa del 8%, en un término máximo de seis meses contados a partir de la sanción de la ley.
Hablando del IVA, hay un artículo relacionado con el pago de este impuesto para actividades declaradas como patrimonio cultural y relacionadas con la economía naranja, el 119. "Con el fin de facilitar a las entidades sin ánimo de lucro reconocidas como patrimonio cultural de la Nación el pago de las obligaciones pendientes de pago por incumplimiento de los plazos previstos por el Gobierno nacional, se propone permitir acuerdos de pago incluso sobre declaraciones ineficaces de acuerdo con el artículo 580-1. Con el mismo fin, se propone admitir como garantía de estos acuerdos de pago los ingresos percibidos por venta de boletería", indica la ponencia.
Adicionalmente, por medio del artículo 120 se incluye la creación del mecanismo de compensación del impuesto sobre las ventas (IVA), con el propósito de contrarrestar la carga de dicho impuesto transaccional para la población más vulnerable.
En cuanto a la disminución en la cotización en salud de los pensionados, con el artículo 121, por medio del nuevo proyecto se incluye un parágrafo al artículo 204 de la Ley 100 de 1993, para que los pensionados con una mesada de un salario mínimo mensual legal vigente tengan una mayor capacidad adquisitiva al reducírseles el porcentaje del aporte a salud en los años 2020 y 2021 al 8% y a partir del año 2022 al 4%.
Otra novedad de la ponencia es la propuesta de ajustar la distribución de lo recaudado por concepto del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado de producción nacional y extranjera que se genere en el ámbito de la jurisdicción del Distrito Capital frente al Departamento de Cundinamarca, disposición contenida en el artículo 122 del proyecto de Ley.
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