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Con Diego Guevara, el presidente Gustavo Petro estrena su tercer líder de la cartera económica. Presupuesto, también es tema clave
Este miércoles, Diego Guevara fue designado como el nuevo ministro de Hacienda, el tercero de la Administración de Gustavo Petro, tras la renuncia de Ricardo Bonilla, quien se ha visto envuelto en supuestas tramas de corrupción.
Guevara se desempeñaba como viceministro general de la cartera de Hacienda desde el pasado 9 de agosto de 2022, y para los mercados fue visto como un signo de continuidad para el manejo de la política macroeconómica del país.
Esta continuidad le permitirá a Guevara sentarse en su nueva silla con un conocimiento amplio de los temas alrededor de la cartera, como el recorte presupuestal; el mismo presupuesto para 2025 y su reforma tributaria; y una serie de créditos internacionales que no han sido aprobados.
Lograr la aprobación de estos créditos ha sido un desafío para la cartera de Hacienda. En su carta de renuncia, el exministro Bonilla reflexionó sobre los desafíos institucionales de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, señalando que las dilaciones en el otorgamiento de conceptos favorables, aunque no vinculantes, generan condiciones que pueden poner en aprietos a los ministros de turno.
El total, el Gobierno busca aprobar un cupo multilateral de US$5.000 millones; un crédito de US$350 millones con CAF para financiamiento presupuestal y otro de US$200 millones del Banco Mundial (Cat DDO fase IV) para desastres.
En su momento, el director de Crédito Público, José Roberto Acosta, alertó que el país podría entrar en default por no obtener el visto bueno para adquirir estos compromisos, lo que fue desmentido por la propia Comisión Interparlamentaria de Crédito Público.
Sin embargo, no se ha logrado la aprobación de estos compromisos porque las reuniones más recientes, como la de esta semana, se levantan porque no se alcanzó el quórum reglamentario.
Recientemente, el Ministerio de Hacienda publicó un borrador de decreto en el que busca modificar las condiciones de convocatoria para las sesiones del comité.
Según el borrador del decreto, se busca modificar el artículo 2.2.1.6.2. del Decreto 1068 de 2015 para que quede de la siguiente forma: "Los miembros de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público serán convocados de forma ordinaria por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o el Viceministro, como mínimo con ocho (8) días corrientes de antelación; la cual podrá ser remitida por cualquier medio verificable. La respectiva reunión se llevará a cabo en las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, salvo que el Ministerio disponga otra cosa".
El cambio en sí está en la línea "la cual podrá ser remitida por cualquier medio verificable", con lo cual el Ministerio de Hacienda pretendería excusar las convocatorias a las reuniones.
El borrador de decreto también condiciona a que, si después de habiendo sido convocada en dos ocasiones, la Comisión no rinde concepto previo en 30 días calendario después, "se entenderá cumplido el requisito y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá continuar con el trámite para la autorización y celebración de las operaciones de crédito público”.
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