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Las instituciones deben realizar diariamente (antes y después de finalizar cada jornada académica) labores de limpieza y mantener registro exhibido
A través de la Resolución 1721 de 2020, el Ministerio de Salud emitió los protocolos de bioseguridad para las instituciones educativas, de educación superior y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano en medio de la pandemia.
En principio, la cartera estipuló que, en materia de adecuaciones, estos espacios deben suministrar alcohol glicerinado mínimo a 60% y máximo a 95%; contar, en la medida de lo posible, con baños dotados con papel higiénico, agua, dispensador de jabón y toallas desechables para las manos; garantizar la circulación natural del aire y en los espacios cerrados contar con ventilación.
Además, garantizar el distanciamiento social en un metro por personas para las aulas y dos metros en restaurantes, baños, pasillos y filas.
Señalar rutas de ingreso y salidas, y ubicar contenedores con tapa (preferiblemente pedal) y bolsas para la separación de residuos, entre otras medidas.
En cuanto a medidas de limpieza y desinfección, las instituciones deben contar con un protocolo de aseo; realizar diariamente (antes y después de finalizar cada jornada académica) labores de limpieza; y mantener un registro exhibido de las mismas.
A continuación podrá descargar la Resolución 1721 de 2020 con todas y cada una de las medidas emitidas por el Ministerio de Salud.
El pasado 15 de noviembre fue entregado el concepto favorable por parte del IDU. La ANI debe radicar el proyecto a la Anla
La medida aplicará tanto a quienes tienen deudas como a aquellos que cuentan con una facilidad de pago y no han cumplido