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Periódico con ediciones del día, ganado de lidia o maquinaria, son algunos de los tipos de carga que podrán circular libremente
En vísperas del inicio del primer puente festivo de noviembre, el Ministerio de Transporte expidió la normativa sobre cuáles serán los vehículos de carga que podrán circular libremente por el país.
Esto será válido siempre y cuando el 80% de su contenido corresponda a periódico con ediciones del día, especies avícolas, huevos, lácteos, carne, frutas, verduras, flores y hortalizas.
También están contempladas otras cargas como ganado de lidia, especies pecuarias y equinos de competencia o exposición. Asimismo, el arroz paddy, maíz, sorgo y soya, con destino a las plantas de
procesamiento o empacado.
Otras cargas son la caña de azúcar y bagazo de caña de azúcar; y maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la infraestructura vial, oleoductos y de servicios domiciliarios del país.
Durante la visita en seis meses, se trabajará de manera conjunta con las autoridades colombianas en la revisión de estos temas
El presidente de la empresa estatal, Ricardo Roa, admitió el argumento sobre la deuda, pero negó la presión del presidente Petro
Las sesiones extras están convocadas hasta el 20 de diciembre, en caso de no aprobarse, retomaría su debate en febrero de 2025