.
HACIENDA

Gobierno da vía libre para que la prima de junio se pueda pagar hasta el 20 de diciembre

miércoles, 3 de junio de 2020

Según anunció el Ministerio de Trabajo, se puede llegar a un acuerdo para que se hagan tres desembolsos

El Ministerio del Trabajo, a través del Decreto 770 de 2020, anunció que se adopta una alternativa para el primer pago de la prima de servicios, correspondiente al mes de junio, a través del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP).

El Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP), con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias, será un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un único aporte monetario de naturaleza estatal, con el objeto de apoyar y subsidiar el primer pago de la prima de servicios de 2020, con ocasión del covid-19.

De común acuerdo con el trabajador, el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el 20 de diciembre de 2020, y los empleadores y trabajadores podrán concertar la forma de pago hasta en tres pagos, los cuales en todo caso deberán efectuarse a más tardar hasta esa fecha.

Los requisitos para aplicar a este programa para aquellas personas naturales, jurídicas, consorcios y unidades temporales que hayan sido constituidas antes del 1 de enero de 2020, y que cuenten con una inscripción en el registro mercantil.

Además, que demuestren la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 7 del Decreto Legislativo 720, certificando una disminución de 20% o más en sus ingresos.

Según indica el documento, las entidades sin ánimo de lucro deberán aportar copia del Registro Único Tributario. En todo caso, sólo podrán ser beneficiarios del Programa las entidades sin ánimo de lucro que estén obligadas a presentar declaración de renta o en su defecto declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019.

En el caso de personas naturales, para efectos del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 1 del presente artículo, se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.

Para efectos del programa, se entenderán por empleados los trabajadores dependientes por los cuales el beneficiario haya cotizado al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), con un ingreso base de cotización desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta un $1 millón.

La cuantía del aporte estatal que recibirán los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) corresponderá al número de empleados que cumplan con el requisito según lo establecido multiplicado por doscientos veinte mil pesos ($220.000).

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE ECONOMÍA

Transporte 26/07/2024 ANI adjudicará a finales de año proyecto para modernizar aeropuerto de San Andrés

El proyecto tendrá un valor de $1 billón y será concesionada a 30 años. Tres firmas fueron preseleccionadas para su evaluación

Energía 24/07/2024 No habrá suficiente oferta de gas para cubrir la demanda del servicio en 2025 y 2026

Naturgas apuntó que la disminución del gas reafirma la necesidad de implementar políticas públicas para incrementar la oferta

Hacienda 26/07/2024 Carf confirmó que el recaudo tributario acumulado cayó 8,3% en el primer semestre

De acuerdo con los cálculos de la entidad, el recaudo logrado hasta la fecha suma $136 billones, apenas 48,7% de lo esperado