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Analistas explican que quedaría abierta la posibilidad de tener un escenario de menor recaudo, lo que aumentaría presiones fiscales.
El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto en el que se modifican las tarifas de retención en la fuente, a título de impuestos sobre la renta y complementarios y sin excluir la posibilidad que autorretenedores sean sujetos de retención en la fuente.
La medida pretende aumentar la caja del Gobierno, anticipando la renta de 2026, tal y como se hizo en 2023. Sin embargo, analistas explican que quedaría abierta la posibilidad de tener un escenario de menor recaudo, lo que aumentaría las presiones fiscales.
El proyecto busca modificar el Decreto 1625 de 2016, amparado en el artículo 365 del Estatuto Tributario que le permite al Gobierno expedir, vía decreto, el cobro de la retención en la fuente sobre las diferentes actividades económicas.
Este decreto actualiza el que existe, y su vez lo vuelve más ‘gravoso’, en tanto que se implementarían más tributos a sectores como el de la minería, que ya alega que la propuesta afectaría directamente la rentabilidad de las operaciones.
También se incluye una modificación en las tarifas de autorretención en la fuente y las bases mínimas para aplicarlas, estas van desde 0,55% como la más baja a 4,5% como la más alta.
“Están anticipando las retenciones de muchos sectores económicos del país, pero sobre todo con unas tarifas muy elevadas para el sector minero energético e hidrocarburos. En pocas palabras significa que van a poner a pagar anticipadamente la renta del año 2026, y muy seguramente lo parte de 2027, todo en el año 2025. Eso es nefasto para la política macroeconómica, porque afecta la caja del gobierno que entra, y parte de la del gobierno que sale en el año 2026”, explicó Lisandro Junco, exdirector de la Dian.
El sustento del Ministerio de Hacienda es que existen sectores económicos con brechas entre las autorretenciones y el impuesto a cargo.
“Esta diferencia, atribuida principalmente a una tarifa de autorretención que no evoluciona en consonancia con el impuesto a cargo de los contribuyentes, genera un costo de oportunidad para la administración tributaria, que no logra recaudar oportunamente los recursos correspondientes”, reseña el borrador del Gobierno.
La extracción de hidrocarburos y minerales tienen las tarifas más altas, junto con la producción de gas natural, todas con un gravamen de 4,5%, seguidas de minerales de uranio y torio con 2,8% y petróleo crudo con 2,7%.
Otros casos contemplan transacciones de bienes raíces, de 1% hasta 10.000 UVT si es en compra de vivienda, o de 2,5% si lo excede o no es para vivienda; en compras agropecuarias, el gravamen no es obligatorio en caso que no se superen las 70 UVT, si lo excede, la tarifa es de 1,5% y en las compras del café, las referencias son iguales, pero el gravamen será de 0,5% si supera dichas UVT.
No se contempla la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta, por prestación de servicios, con cuantía individual menor a dos UVT.
Dentro del proyecto de decreto se contempla una tarifa de autorretención de 4,5% para la extracción de oro. Aunque el mecanismo se contempla bajo la premisa de asegurar el recaudo, la Asociación de Comercializadores de Oro, Asocoro, comentan que con el incremento ‘se absorberían las utilidades’.
“La comercialización formal de oro opera con márgenes de utilidad cercanos a 1,5%. Cualquier retención que supere ese porcentaje elimina la rentabilidad de la operación y la convierte en una pérdida automática”, apuntó el gremio.
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