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Gustavo Petro, presidente de Colombia
Este nuevo paquete de resoluciones pretende entre otras cosas, limitar la fabricación y el uso de químicos o combustibles en zonas que perfilen riesgos
El Gobierno de Gustavo Petro sigue emitiendo decretos en el marco de la conmoción interior que le otorga facultades a varias carteras para que operen de forma determinada para ayudar a los habitantes de la región de Catatumbo en medio del conflicto de seguridad que ocurre desde hace varias semanas.
Con estos siete nuevos decretos emitidos por diferentes carteras ya son 16 resoluciones que el Gobierno ha firmado para atender la crisis de seguridad.
En esta oportunidad se emitieron siete decretos para limitar la movilidad de estos grupos guerrilleros que generan caos y alteración del orden en esta región en la que a diario aumentan los desplazados y las oleadas de violencia.
Los decretos firmados por el jefe de Estado Gustavo Petro fueron expedidos por los siguientes ministerios: Hacienda, Interior, Justicia, Minas y Energía, Interior, Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el Departamento Nacional de Planeación.
Decreto 131
Establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional de 40 % en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías.
Decreto 132
El Ministerio de Minas y Energía podrá limitar, suspender o sustituir en su totalidad los servicios de abastecimiento, suministro, comercialización, transporte y distribución de petróleo y sus derivados, combustibles líquidos, gas combustible por redes o gas licuado de petróleo (GLP).
Decreto 133
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá autorizar el uso del espectro radioeléctrico en los servicios terrestres fijos y móviles con fines de socorro y seguridad a las entidades públicas y organismos humanitarios debidamente acreditados para proteger la seguridad de la vida humana, la seguridad del Estado o que tengan razones de interés humanitario, sin tener en consideración si las mismas se encuentran previamente inscritas e incorporadas en el Registro Único de TIC.
Decreto 134
Adoptarán medidas para limitar el uso de sustancias y productos químicos controlados, en el marco del Estado de conmoción interior declarado en la región del Catatumbo, los municipios del Área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, en el departamento del Cesar.
Decreto 135
Se faculta al gobernador de Norte de Santander y a los alcaldes de los municipios de Ocaña, Ábrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú, Sardinata, Cúcuta, Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander, del departamento de Norte de Santander, y de los municipios de Río de Oro y González, del departamento del Cesar, para reorientar rentas de destinación específica, diferentes de las constitucionales, para financiar gastos de funcionamiento de la respectiva entidad territorial, sin perjuicio del principio de autonomía territorial.
Decreto 136
Esta resolución que hace parte del nuevo paquete de decreto tiene como objeto adoptar medidas extraordinarias en materia del Sistema General de Participaciones, SGP,, con el propósito de llevar a cabo las acciones pertinentes para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de los efectos derivados de la situación de orden público que motivó la declaratoria del Estado de Conmoción Interior declarado mediante el Decreto 062 de 2025.
Decreto 137
Determina medidas extraordinarias e integrales de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones a los derechos humanos y el DIH, ocasionados por los grupos armados organizados y otros actores violentos, que originó la declaración del estado de conmoción interior.
Ingresará por la regasificadora del Pacífico y la entrega está programada para el segundo trimestre de 2026