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En el Decreto 749, en el que se anuncia la medida, se contempla la apertura gradual de peluquerías, museos y bibliotecas, entre otros
A través del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno extendió el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 1 de julio en todo el país. El nuevo decreto incluye 43 excepciones, aunque deja en manos de las autoridades locales definir de qué manera se realizarán las nuevas reaperturas.
Además, por medio de este decreto, el Gobierno Nacional cerró las fronteras con Panamá, Ecuador, Brasil y Venezuela a partir del 31 de mayo y hasta el 1 de julio. La normativa exceptua del cierre de frontera a actividades de emergencia humanitaria; el transporte de carga y mercancía; o un caso fortuito o fuerza mayor.
Adicionalmente, la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció que partir del 1 de septiembre se reactivarán los vuelos internacionales. En este último caso, según la cartera de Transporte, el 1 de junio iniciará la venta de tiquetes internacionales con salida de vuelos el 1 de septiembre, mientras que los vuelos Nacionales aún no tienen fechas anunciadas para su reactivación.
Además de las excepciones que ya están vigentes, el decreto contempla la apertura gradual de museos y bibliotecas, laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano, servicios de peluquería y actividades profesionales, técnicas y de servicios en general. De nuevo, estas excepciones podrán ser restringidas por los mandatarios locales de ser necesario, como sería el caso de Bogotá, por lo menos hasta el 15 de junio, como explicó la alcaldesa Claudia López. Así que en la capital, hasta esa fecha en un principio, solo podrán seguir saliendo los exceptuados en el decreto 636 y los empleados de las empresas de construcción, manufactura y comercio que ya fueron autorizadas por el Distrito y que tengan aprobados los protocolos.
El documento incluye también las medidas anunciadas ayer por el ministro de Salud, Fernando Ruiz, sobre los horarios para realizar actividades al aire libre para cada grupo etario.
Los niños entre 2 y 5 años de edad podrán hacer actividades al aire libre tres veces a la semana, durante 30 minutos al día. Para los jóvenes entre 6 y 17 años, el tiempo se amplió en 30 minutos, por lo que ahora podrán salir al aire libre tres veces a la semana durante una hora diaria.
Los adultos entre 18 y 69 años podrán salir a hacer actividades deportivas durante dos horas al días, todos los días, mientras que, para los adultos mayores de 70 años, y las personas con comorbilidades, el tiempo permitido para estar al aire libre será de 30 minutos diarios, tres veces a la semana.
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