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El documento recalcó que esto no reactiva automáticamente la aspersión y que para ello se necesita el aval del Consejo de Estupefacientes
El Gobierno Nacional dio a conocer el Decreto 380 del 12 de abril de 2021, por medio del cual se regula el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente en el marco de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea.
Y aunque el país ya tenía dudas sobre lo que iba a pasar con esta técnica de erradicación que ha sido muy controversial, finalmente y después de que el presidente Iván Duque lo firmara, hoy se conoció cómo será, de ahora en adelante, el actuar del Gobierno ante esta situación que, aunque no trae de vuelta de inmediato las aspersiones aéreas, si es, según los expertos, un brochazo de lo que será el regreso del Glifosato al país.
En esta línea, el Ministerio de Defensa dejó en claro que esto no reactiva automáticamente el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea y que para ellos se necesita que el Consejo Nacional de Estupefacientes verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos particularmente en la Ley 30 de 1986.
Así mismo, el documento recalca que serán excluidas expresamente de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de la aspersión aérea, las áreas del Sistema Parques Nacionales
Naturales, los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados.
Cabe resaltar que el decreto no habilita las aspersiones aéreas con glifosato, sino que fija las pautas y el marco normativo que deberá regirlas, en caso de que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) apruebe la reanudación. Esto, a la luz de lo que estableció la Corte Constitucional en la sentencia T236 de 2017.
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Galvis fue, en su momento, integrante del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada entre 2015 y 2019 y magistrada especial de la JEP
Las actividades económicas que más contribuyeron al valor agregado incluyen las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, así como otros servicios