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Universidades, asociaciones corporaciones y demás entes que utilizan esta figura ante los organismos de control respiraron tranquilos cuando se dieron cuenta de que solo las cooperativas tendrían que liquidar ese porcentaje para destinarlo a la educación (como se ha venido haciendo) y solo se exige mayor control de la Dian sobre los requisitos para permanecer en el Régimen Tributario Especial y seguir con las exenciones contempladas hasta el momento.
Expertos que estaban en la comisión designada por el Ejecutivo y otros tantos analistas señalaron que en este punto la tributaria de Cárdenas se quedó corta y no pudieron atajar el crecimiento de algunos de estos organismos que se han constituidos como, según ellos, “emporios inmobiliarios”, que deberían estar tributando.
Esto, debido a que la comisión planteaba que existe una falta de control que ha exacerbado un injustificado fomento de la contratación pública con estas entidades, lo que ha terminado por vulnerar más al Régimen Tributario Especial que, según ellos, ha sido laxo y ha beneficiado a grupos familiares y empresariales.
Fuera de eso, otra de las diferencias con el texto de los sabios es que si bien se pide la necesidad de que estas sociedades tengan la obligación de demostrar que su actividad meritoria sí está en funcionamiento y no es una simple fachada, lo que se planteaba era que el objeto social fuera certificado no solo por la Dian y las cámaras de comercio, sino que cada Ministerio o entidad pública que estuviera relacionada con este fueran las encargadas de entregar el aval correspondiendo.
En lo que sí se parecen ambos textos es en la necesidad de que la destinación de recursos tenga seguimiento.
Otros apuntes del análisis
Otra de las recomendaciones que hicieron los expertos fue que las Entidades Sin Ánimo de Lucro que quisieran pertenecer o permanecer dentro del Régimen Tributario Especial deberían hacer el proceso de registro y verificación de que cumple con los requisitos legales frente a la Dian.
De acuerdo con el texto de la reforma tributaria que presentó el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, este proceso queda en manos de las cámaras de comercio y la Dian y no, como ha sido hasta el momento, en manos de las alcaldías locales, que no cumplen un proceso de verificación efectivo y permiten que, por la laxidad de la ley, muchas empresas y organizaciones evadan sus obligaciones fiscales, lo que fue una de las justificaciones del texto de la Comisión de Expertos para proponer esta medida.
Además, todas las Esal estarán vigiladas por la Superintendencia de Sociedades o por la superintendencia competente, para asegurar que cumplan con requisitos.
Glosario
Donaciones: Son aquellos bienes y servicios que se le entregan a otras personas sin esperar ninguna retribución por parte del receptor.
Utilidad: Es el beneficio que se obtiene de desarrollar alguna actividad.
Entidades no contribuyentes: Son las entidades que, por disposición de la ley, están exentas de pagar el impuesto sobre la renta y los complementarios.
Organizaciones solidarias: En Colombia se entiende por aquellas entidades que se constituyen sin ánimo de lucro para realizar actividades de cooperación.
“Lo más importante es que le vaya bien al país. Nosotros no estamos haciendo oposición, sino presentando alternativas viables a través de estudios técnicos"
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