MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
El plan incluyó dos micos que podrían agravar la disputa comercial entre Colombia y Panamá. Expertos dicen que son inconstitucionales.
Un día después de que Colombia y Panamá estrecharon lazos con una reunión en Bogotá del presidente Iván Duque y su homólogo Juan Carlos Varela, la disputa comercial que enfrentan desde hace años ambos países por los aranceles a las importaciones de textiles, prendas de vestir y calzado podría agravarse debido a dos micos textileros que se incluyeron en la ponencia para primer debate del Plan Nacional de Desarrollo.
Y es que el nuevo articulado de la hoja de ruta del próximo cuatrienio adiciona dos artículos en los que se establece que los productos del sector confecciones tendrían un arancel de 37,9% cuando lo que se ingresa al país es por valor inferior o igual a US$20 por kilo y de 10% ad valorem más US$3 para precios por kilo a partir de US$20.
“Existe una propuesta para arreglar el tema de las importaciones de los países asiáticos con los que no tenemos acuerdos y que nos están haciendo daño. Actualmente, los importadores pagan 40% a prendas que valen menos de US$10 el kilo bruto y 15% a partir de US$10. En este último punto, hay una desproporción entre lo que vale realizar la prenda en el país y este umbral que en otros países es superior”, manifestó Guillermo Criado, presidente de la Cámara Colombiana de la Confección y afines.
Sin embargo, diferentes gremios y expertos han alertado que en ninguno de los dos artículos del Plan se especifica a qué países estaría dirigida esta medida, que se trataría de un artículo inconstitucional y que pondría en peligro los lazos comerciales con Panamá.
“Es una locura. Este artículo resulta inconstitucional porque la facultad para definir los aranceles debe estar en manos del Ejecutivo. Además, en la redacción no se diferencia entre países entre los cuales tenemos acuerdos y los que no. No podemos desconocer los 16 tratados vigentes. Ello nos llevaría a que se tomen medidas contra los productos colombianos”, alertó Javier Díaz, presidente ejecutivo de la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex).
Precisamente, en el artículo 189 de la Constitución es donde queda establecido que únicamente el Presidente tiene las funciones de modificar los aranceles y regular el comercio exterior. De este modo, el Congreso de la República no tendría la potestad de radicar una ponencia del Plan con este tipo de artículos.
Además, la exministra de Comercio y actual directora de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, quien también considera que se trata de un artículo inconstitucional, añadió que si esta propuesta se encamina a los países en los que no se tiene un acuerdo comercial tendría una función limitada. “En el Gobierno nos dimos cuenta de que problemáticas como el contrabando y la triangulación se daban por países donde se tenían acuerdos comerciales. Por ejemplo, hay productos que pasaban de China a México y del país azteca a Colombia”, explicó la directora.
Igualmente, Lacouture recalcó que es importante tener en cuenta que los nuevos aranceles propuestos se ajusten a la normatividad de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y que no excedan los topes fijados porque de lo contrario se incumpliría una norma internacional y se volvería a profundizar la disputa que se ha venido trabajando en los últimos años con Panamá.
Las diferencias con el país vecino se remontan a 2012 cuando Colombia decidió tomar medidas para controlar la subfacturación y el ingreso de productos del sector de confecciones a precios bajos.
En 2013, comenzó a aplicar aranceles de 10% a los textiles y calzados más un cargo de US$5 a cada contenedor proveniente de la Zona de Libre de Comercio de Colón (que se encuentra en Panamá). Sin embargo, el país demandó a Colombia ante la OMC con el argumento de que se estaba violando el arancel consolidado.
Tiempo después, el organismo internacional falló a favor de Panamá y Colombia procedió a desmontar el arancel mixto. Además, emitió dos nuevos decretos en los que modificó el porcentaje de los aranceles ad valorem para que no superaran los consolidados de la OMC.
No obstante, Panamá volvió a llevar el caso a este organismo internacional y tras un año de verificaciones, el organismo se inclinó por Colombia y determinó que su accionar era compatible con las normas comerciales. Pero como el país que dirige Varela no quedó satisfecho, apeló el fallo y actualmente, se espera la audiencia ante el Órgano de Apelación de la OMC.
Por su parte, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) también aseguró ayer que ve con preocupación estas proposiciones debido a que el impuesto sería nocivo en un momento de recuperación de la industria, que ha estado en terreno negativo por temas de contrabando e ilegalidad. “Se estaría constituyendo una situación irregular con inmensos riesgos de sanciones al país”, indicó el gremio.
Andi asegura que los consumidores serían los grandes afectados
El sector textil y de confección colombiano representa 8,2% del PIB industrial del país. Además, genera 21% del empleo industrial local y representa 9% de las exportaciones manufactureras. También generó ventas por US$5.000 millones en 2018. Según un comunicado de la Andi, los grandes afectados de estos aranceles serían los consumidores que tendrían que asumir un sobrecosto de “medidas artificiales” que crearían un distorsión de precios sin precedentes en los últimos años.
Los otros cambios en el articulado para primer debate
Los aranceles textiles no son las únicas novedades que trae el proyecto que se radicó para primer debate. La ponencia incluye 128 artículos nuevos. Entre los cambios está que ahora el articulado sí incluye un componente específico para la Paz, que anteriormente solo estaba en el documento de las Bases del Plan.
El documento incluye también un aumento en el catastro rural, que está en promedio entre 5% y 10%, y que aumentaría hasta 60%. También se ratifica el salvamento a Electricaribe, con una sobretasa para los estratos 4, 5 y 6, por medio de un pago entre $600 y $2.000 mensuales. El articulado también da vía libre a las cárceles y crea un Fondo de Inspección y Vigilancia de la Seguridad Social.
El artículo que entregaba facultades extraordinarias al Presidente de la República no se incluyó, sin embargo, en distintos artículos se incluyen disposiciones que permitirían al primer mandatario fusionar entidades financieras, eliminar trámites, suprimir juntas directivas y “promover el mejor uso y vigilancia del Sistema General de Participaciones (SGP)”
La inversión busca conservar 172.499 hectáreas, mientras 5.000 hectáreas en restauración de ecosistemas de alta montaña
La entidad argumentó que en varios rubros las estimaciones no son realistas o no corresponden a la ponencia del primer debate en la Cámara