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El nuevo Ministro de Hacienda ha desmentido el alza que supuestamente tendría el impuesto a la ganancia ocasional, que hablaba de un incremento de 10% al 35%
Luego de fijar la fecha de radicación del texto de la reforma tributaria ante el congreso (8 de agosto) que, entre otras cosas busca recaudar cerca de $50 billones de manera progresiva en los próximos años, el jefe de cartera aseguró a través de su cuenta de Twitter que no subirá la tarifa del impuesto a la ganancia ocasional a 35%, como se había explicado en algunos medios.
Este impuesto es complementario a la renta y se da en su mayor parte por la ganancia ocasional en venta de inmuebles; lo cuál ha aumentado en los últimos años por la sinceridad de las escrituras. Ya son varios los gremios que se han pronunciado frente a este posible aumento y quienes afirman que esto podría enfriar un mercado que ha mostrado dinamismo en los últimos años.
El impuesto por ganancias ocasionales debe pagarse cuando el vendedor ha mantenido el inmueble bajo su propiedad por más de dos años y lo paga el vendedor calculando sobre la utilidad de la venta. El valor del impuesto por ganancias ocasionales corresponde al 10% de la utilidad, entonces, si la utilidad fue de $30 millones, el pago aproximado sería de $3 millones de impuestos.
La confusión llegó porque en una entrevista con Blu Radio, Ocampo expresó que estaban analizando hasta dónde podrían subirlo ya que "originalmente (era) de 35%". Esto desató la polémica sobre el número, el cual varía según la proveniencia de ganancia.
Sin embargo, vale recordar que este impuesto también entraría a afectar, por ejemplo, a los casinos tanto físicos como virtuales. En los que, después de superar cierto monto de ganancias, se le descontaría al apostador el monto tasado, que actualmente sube hasta un máximo de 20%.
Lo que se sabe hasta ahora
Entre lo que se conoce de la tributaría que tampoco se incluiría está el impuesto de renta presuntiva y, adicional a esto, buscará devolver el impuesto al patrimonio y que este aplique para montos superiores a $2.000 millones.
En el caso de la renta, aplicará para aquellas personas con ingresos superiores a $10 millones mensuales. Esta población, según Luis Carlos Reyes, director desigando de la Dian, es menos de 1% de la población.
El Ministro Ocampo ha recalcado también que, como se informó en LR, a las zonas francas se les impondrá un requisito mínimo de exportaciones para que mantengan el beneficio tributario. Y, quienes no cumplan la cuota, deberán tributar renta sobre 35% como cualquier otra empresa en el país.
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