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HACIENDA

La emisión deuda pública no afectaría el cumplimiento de la meta de déficit fiscal

jueves, 25 de julio de 2019

La razón es que no son considerados como gasto público, una movida que, para algunos expertos, se trata de una ‘jugada’ contable del Gobierno.

Noelia Cigüenza Riaño

A pesar de que este año el Gobierno se ha propuesto saldar hasta $9,7 billones de obligaciones a través de la emisión de títulos TES y otros $11 billones con servicio de deuda para suplir faltantes en salud o para las sentencias en mora, esto no impactará el cumplimiento de la meta del déficit fiscal de 2019. La razón es que no son considerados como gasto público, una movida que, para algunos expertos, se trata de una ‘jugada’ contable que realizó el Gobierno tras la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo.

Tradicionalmente, en la contabilidad del Gobierno se habla del concepto de ‘por encima de la línea’ para referirse al balance fiscal, en el que se tienen en cuenta los ingresos, los gastos y el déficit; mientras que la parte de ‘por debajo de la línea’ hace referencia a los recursos y usos de financiación con los que se cuenta para financiar dicho déficit. En ese sentido, la meta del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, es que el déficit entre esos ingresos y egresos públicos (’por encima de la línea’) sea para este año de $24,9 billones, es decir, de 2,4% del PIB.

LOS CONTRASTES

  • Jorge Restrepo Profesor de Economía de la U. Javeriana

    “El Gobierno busca esta salida para no aumentar contablemente el gasto público. Ello reduce la credibilidad y transparencia de la situación fiscal”.

  • Marc Hofstetter Profesor de Economía de la U. de los Andes

    “Creo que en estas condiciones es más transparente que no haya regla y que el Gobierno tome las decisiones de gasto sin tener ataques de creatividad contable”.

Sin embargo, si el Ministerio de Hacienda quería reducir los pasivos (deudas) que se habían venido acumulando en vigencias anteriores, corría el riesgo de elevar ese déficit fiscal y, para evitarlo, el Plan Nacional de Desarrollo abrió la puerta para que las deudas se paguen a través de emisiones de TES.

Según Munir Jalil, director de investigaciones económicas de BTG Pactual, estas operaciones de emisión de deuda se reconocen ‘por debajo de la línea’, por lo que no tienen ningún impacto en el déficit fiscal. “El Gobierno dice que los pagos responden a algo transitorio y para que no les afecte el déficit, que es más estructural, se colocan de este lado. Así, el déficit nunca se verá afectado”, explicó.

En total, en la tabla de recursos y usos de financiamiento de 2019 y 2020 se incluyen dos nuevos rubros: pagos de obligaciones con servicio de deuda y pagos con títulos TES. Mientras que para afrontar las primeras el Gobierno utiliza recursos de caja con los que ya cuenta, las segundas se hacen con la emisión de títulos (ver gráfico). Estos últimos aumentan de manera inmediata la deuda bruta que tiene el Gobierno y que para 2019 sería de 51,5% del PIB.

Según fuentes del MinHacienda, el Gobierno considera que la emisión de TES es una operación de financiamiento y, por lo tanto, no es un gasto al no implicar una operación presupuestal. Hay que tener en cuenta que, además, habrá que incluir el pago de las deudas de la Ruta del Sol II por $1 billón, que no se han considerado en el Marco Fiscal.

“Pagar gasto con TES sin contabilizarlo como gasto y, por tanto, sin que afecte el déficit es nuevo. Si tuviéramos dinero para pagar esas cuentas eso no sería necesario, pero no hay forma de hacer esos pagos y, al mismo tiempo, honrar la regla fiscal. Hacer esto vuelve inocua la regla: si el Gobierno puede decidir qué se cuenta y qué no como gasto y déficit, que un comité le diga de qué tamaño puede tener el déficit es una pérdida de tiempo”, manifestó Marc Hofstetter, profesor de la Universidad de los Andes, quien aseguró que se puede ‘maquillar’ el déficit fiscal pero no el externo.

Igualmente, el profesor de Economía de la Universidad Javeriana, Jorge Restrepo, indicó que los TES que se emiten para canjearlos por otra deuda que no esté previamente en TES -cualquiera que sea el mecanismo- y bien sea para pagar una sentencia, una conciliación, una factura hospitalaria, sí se termina pagando como un compromiso de gasto público y, por tanto, deberían incluirse dentro del gasto.

Adicional a ello, otros expertos tampoco están de acuerdo en que se reclasifiquen como ingreso las utilidades que recibe el Gobierno por parte del Banco de la República y la enajenación de activos.

Por un lado, el Gobierno cuenta con ingresos por enajenación de activos por 0,6% del PIB en 2019 y, del otro, con las utilidades del Emisor de 0,2% del PIB.
“Hay que ver qué opinan organizaciones internacionales o el Comité respecto al cambio”, aseveró hace unos días Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo.

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