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El articulado de los liberales está compuesto por siete títulos y 39 artículos, y en materia legislativa, el documento se tramitaría como una ley estatutaria
El inicio de la legislatura de mañana recibirá dos proyectos de Ley sobre la reforma a la salud: uno liderado por el Ministerio, que propone que el modelo de atención en salud pase a ser de subsidio por demanda a subsidio por oferta y el cambio de figura de las EPS en el panorama, y otro liderado por el Partido Liberal, quien propone la creación de un Sistema Único de Salud.
El articulado de los liberales está compuesto por siete títulos y 39 artículos, y en materia legislativa, el documento se tramitaría como una ley estatutaria.
La reforma tiene como eje rector tres puntos: alcanzar la cobertura universal en salud, reducir o cerrar las brechas en desigualdad y tener una de las mejores protecciones financieras del mundo.
"Queremos resolver los problemas de la gente con una agenda de iniciativas sociales que vayan más allá de las peleas del Gobierno Nacional con los partidos político", dice Cesar Gaviria, líder de los Liberales.
Como parte de la justificación del proyecto, los liberales se remiten al cumplimiento de las metas del Plan Decenal, en donde aseguran que más del 30% de las metas del Plan Decenal no mostraron avances.
"Esto denota una falla y o limitación del Sgsss en la coordinación de sus agentes, no solo aquellos encargados de la gestión individual del riesgo, sino también, de aquellos competentes para el abordaje comunitario de los Determinantes Sociales de la Salud. Esto es de vital importancia, para el diseño de soluciones que permitan una mejor interacción de los múltiples agentes públicos, privados o mixtos", empiezan diciendo.
Creación de un Sistema Único
Este sistema, en el que estarían incluidos los usuarios del régimen contributivo y subsidiado, llevaría un proceso de unificación con duración de un año, contado desde la puesta en marcha de la reforma a la salud (en caso de que sea aprobada).
Dentro del Régimen Único de Salud, las personas con capacidad de pago determinadas por el Gobierno Nacional, deberán contribuir al financiamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud y tendrán derecho a recibir prestaciones económicas derivadas del seguro de salud.
Por su parte, las EPS habilitadas para operar el aseguramiento en cualquiera de los dos regímenes al momento de su unificación, la preservarán, sin perjuicio del cumplimiento de nuevas disposiciones una vez se reglamente el Sistema Integral para la Calidad en Salud (Sica).
El Ministerio de Salud y Protección Social establecerá las condiciones para la contratación con la red Pública Hospitalaria y las Empresas Sociales del Estado (ESE) por parte de las Empresas Promotoras de Salud que tengan a su cargo en su mayoría población sin capacidad de aporte financiero al sistema de salud.
Modelo de atención
Aquí se propone redefinir el Modelo de Atención desde los procesos institucionales, el desarrollo de los acuerdos de voluntades entre los distintos agentes, en especial para la conformación de Redes Integrales e Integradas de Atención en Salud (Riss) para garantizar su desempeño. Este modelo de atención tendría un componente diferencial para zonas rurales y con población dispersa y un componente de atención primaria en salud con enfoque preventivo y predictivo.
Las EPS siguen su rol
Las Entidad Promotoras de Salud seguirían siendo las principales responsables de la gestión técnica de los riesgos de salud de las personas y las comunidades, la representación del usuario y coresponsables de la gestión del riesgo financiero en salud de las personas.
Esto, mediante la organización de las Redes Integrales e Integradas de Atención en Salud (RIIS); la adquisición de servicios y tecnologías para los usuarios; la auditoría de procesos; la primera autorización para el giro de los recursos a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud.
Con respecto a los cambios dentro del mecanismo de las EPS, las personas podrán elegir al profesional de la salud para atenciones en salud que requieran con necesidad, según la reglamentación del Ministerio de Salud y Protección Social.
Las EPS, por su parte, no podrán imponer autorizaciones administrativas a los pacientes para su atención en salud en los CAPS y todo el componente primario de las Redes Integrales e Integradas de Atención en Salud (RIIS).
Cambio en la UPC
La UPC tendrá dos componentes fijos para cubrir la atención en salud de la población asegurad: sus prestaciones sociales, los gastos administrativos necesarios para la gestión de la Gestora de Salud y un componente variable como reconocimiento a la adecuada gestión de las Empresas Promotoras de Salud (EPS).
La responsabilidad del cálculo de la UPC recaerá sobre el Estado.
Se destinará un porcentaje del valor total calculado de la UPC para los gastos administrativos necesarios para la adecuada gestión del riesgo técnico de salud. No obstante, en ningún caso podrá sobrepasar el 10% del valor total de la UPC.
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